Decreto número 2792 de 2009, por el cual se reglamenta el artículo 6º de la Ley 1002 de 2005 y se dictan otras disposiciones. - 28 de Julio de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 61996821

Decreto número 2792 de 2009, por el cual se reglamenta el artículo 6º de la Ley 1002 de 2005 y se dictan otras disposiciones.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín47424

El Presidente de la Republica de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 11 del articulo 189 e inciso final del articulo 69 de la Constitucion Politica y en el articulo 6º de la Ley 1002 de 2005, CONSIDERANDO:

Que la Ley 1002 de 2005 transformo el Instituto Colombiano de Credito Educativo y Estudios Tecnicos en el Exterior Mariano Ospina Perez, Icetex, creado por el Decreto 2586 de 1950, en una entidad financiera de naturaleza especial, con personeria juridica, autonola obligacion de mia administrativa y patrimonio propio, vinculado al Ministerio de Educacion Nacional.

Que de conformidad con lo previsto en el articulo 6º de la mencionada Ley 1002 de 2005, la Superintendencia Financiera de Colombia ejercera la inspeccion, vigilancia y control sobre las operaciones financieras que realice el Icetex, de conformidad con la reglamentacion especial que para tal efecto expida el Gobierno Nacional, DECRETA:

T I T U L O I EJERCICIO DE LA INSPECCION, VIGILANCIA Y CONTROL DE LAS OPERACIONES FINANCIERAS AUTORIZADAS DEL ICETEX

Articulo 1° Objeto de la inspeccion, vigilancia y control

De acuerdo con lo dispuesto en el articulo 6º de la Ley 1002 de 2005, las operaciones financieras autorizadas en el DIARIO OFICIAL Libertad y Orden * I S S N 0122-2112 articulo 2º del presente Decreto que realice el Icetex, constituyen el objeto exclusivo de la inspeccion, vigilancia y control de la Superintendencia Financiera de Colombia, en los terminos del presente Decreto.

Articulo 2° Operaciones financieras objeto de supervision

Son operaciones financieras objeto de supervision para efectos del presente Decreto: a) Descuento o redescuento directamente relacionado con su objeto legal.

  1. Emision y colocacion de Titulos de Ahorro Educativo, TAE. El Icetex esta autorizado para que, directamente o a traves de fideicomiso, emita, coloque y mantenga en circulacion, Titulos de Ahorro Educativo, TAE, en los terminos de las disposiciones legales aplicables a esta operacion financiera autorizada.

  2. Captacion de fondos provenientes del ahorro privado y reconocimiento de intereses sobre los mismos, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 del articulo 277 del Estatuto Organico del Sistema Financiero. Para llevar a cabo esta operacion pasiva, se requerira la expedicion previa de las reglas prudenciales de la Superintendencia Financiera de Colombia que le sean aplicables.

  3. Las demas actividades financieras que sean necesarias para el cumplimiento de su objeto, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2 del articulo de la Ley 1002 de 2005. Para llevar a cabo estas operaciones, se requerira la expedicion previa de las reglas prudenciales de la Superintendencia Financiera de Colombia que le sean aplicables.

Articulo 3° Reglas aplicables a la Supervision de la Administracion de Riesgos

La Superintendencia Financiera de Colombia vigilara la...

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