Decreto número 3411 de 2009, por el cual se reglamenta el artículo 1° y el parágrafo del artículo 5° de la Ley 57 de 1989. - 10 de Septiembre de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 66889146

Decreto número 3411 de 2009, por el cual se reglamenta el artículo 1° y el parágrafo del artículo 5° de la Ley 57 de 1989.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín47468

El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 11 del articulo 189 de la Constitucion Politica, DECRETA:

Articulo 1° La financiacion y la asesoria en lo referente a diseño, ejecucion y administracion de proyectos o programas de inversion contenidos en el articulo 1° de la Ley 57 de 1989 tiene como funcion a su cargo Findeter, se enmarcan estrictamente en la estructuracion financiera del credito, acorde con su objeto social.
Articulo 2° La funcion tecnica de asesoria, apoyo y supervision de los usuarios del credito a cargo de los intermediarios financieros, a que se refiere el paragrafo del articulo 5° de la Ley 57 de 1989, se entendera estrictamente encaminada a asegurar que tanto los sectores como los beneficiarios de los creditos sean elegibles para Findeter y dentro del marco de la actividad de financiacion.

En consecuencia, el apoyo que Findeter debe dar a dichos intermediarios, sera igualmente de caracter financiero, atendiendo su naturaleza juridica, el cual desarrollara a traves de capacitaciones a los Intermediarios Financieros respecto de los sectores y beneficiarios elegibles de los redescuentos de la...

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