Resolucion numero 197 de 2009 por la cual se establece el Reglamento Interno de Contratación de Egreso para el Instituto Geográfico 'Agustín Codazzi'. - 28 de Mayo de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 58398249

Resolucion numero 197 de 2009 por la cual se establece el Reglamento Interno de Contratación de Egreso para el Instituto Geográfico 'Agustín Codazzi'.

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Geográfico Agustín Codazzi
Número de Boletín47363

El Director General del Instituto Geografico "Agustin Codazzi", en uso de sus facultades legales y en especial de las previstas en las Leyes 80 de 1993 y 1150 del 2007 y sus decretos reglamentarios, CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el numeral 1 del articulo 6° del Decreto 208 de 2004, corresponde al Director General del Instituto Geografico "Agustin Codazzi", dirigir, coordinar, vigilar, controlar y evaluar la ejecucion y cumplimiento de los objetivos, funciones, politicas, planes y programas inherentes al objeto de la entidad.

Que el articulo 11 de la Ley 80 de 1993 preve que la competencia para ordenar y dirigir celebracion de Licitaciones o Concursos y para escoger al contratista, sera del Jefe o Representante Legal de la entidad.

Que asi mismo, el articulo 23 de la Ley 80 de 1993 ha dispuesto que las actuaciones de quienes intervengan en la contratacion estatal se desarrollaran con arreglo a los principios transparencia, economia y responsabilidad y de conformidad con los postulados que rigen la funcion administrativa.

Que de conformidad con el articulo 89 del Decreto 2474 de 2008, el Instituto Geografico "Agustin Codazzi", debe contar con un Manual de Contratacion que contenga los elementos relacionados en dicha norma, que para esta entidad se conforma por esta Resolucion y los instructivos a los cuales remite, todos para garantizar los fines de la contratacion estatal.

Que debe entenderse por contratacion de egreso, aquella donde se prevea o establezca salida de recursos en dinero del presupuesto del Instituto, RESUELVE:

Articulo 1° Establecer el siguiente Reglamento Interno de Contratacion de Egreso del Instituto Geografico "Agustin Codazzi".
  1. DE LAS NORMAS GENERALES 1.1 DEL CAMPO DE APLICACION El presente Reglamento se aplica a la contratacion que realice el Instituto en subsidio de las normas legales y reglamentarias que rigen los contratos.

    1.2 DE LA PRELACION DE LAS NORMAS La prelacion de las normas en la aplicacion de este Reglamento sera en primer lugar la Constitucion Politica de Colombia, en segundo lugar las disposiciones de las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007, sus decretos reglamentarios, normas que las adicionen, modifiquen o sustituyan, en tercer lugar esta resolucion, en cuarto lugar los manuales de procedimientos e instructivos sobre la materia.

    1.3 DE LAS ACTUACIONES CONTRACTUALES DEL INSTITUTO Las actuaciones de quienes intervengan en la contratacion del Instituto se desarrollaran especialmente conforme a los principios de la Ley 80 de 1993: transparencia articulo 24;

    economia articulo 25;

    responsabilidad articulo 26;

    equilibrio de la ecuacion contractual articulo 27;

    interpretacion de las normas de contratacion articulo 28, programacion anual y planeacion y de conformidad con los postulados que rigen la funcion administrativa.

    Igualmente, se aplicaran en las mismas actuaciones las normas que regulan la conducta de los servidores publicos y los principios generales del derecho.

    1.4 DE LA CARPETA DEL CONTRATO De toda contratacion se formara una carpeta foliada que contenga un solo ejemplar de diferentes documentos que se vayan produciendo. Todos los documentos deberan ser preferiblemente originales y encontrarse sin tachaduras ni enmendaduras.

    La carpeta reposara en el archivo del Grupo Interno de Trabajo de Contratos de Egreso la Sede Central o en el despacho del profesional con funciones de abogado de la correspondiente Territorial. Los responsables de estos archivos efectuaran el reparto de los contratos a los directamente involucrados en el proceso.

    Los responsables del archivo de los documentos relacionados con la actividad contractual, deben buscar la preservacion, inmutabilidad y seguridad de los originales de los documentos y contratos estatales, por un periodo minimo de seis (6) meses despues de ejecutados y/o liquidados los contratos, luego los trasladaran al Archivo Central de la Sede Central o de la Territorial, donde reposaran por el tiempo establecido y para la disposicion final que se indique en las Tablas de Retencion Documental.

    Los documentos que conforman la carpeta del contrato, seran los referidos en los instructivos para la etapa preparatoria, precontractual y contractual.

    1.5 DE LA INTERVENTORIA Todo contrato que celebre el Instituto requerira control y vigilancia sobre su ejecucion, la cual sera ejercida por la interventoria, mediante las actividades o funciones indicadas en el contrato y las consignadas en el manual de interventoria del Instituto.

    1.6 DE LAS COMPETENCIAS Y CAPACIDAD 1.6.1 De la competencia para celebrar contratos 20 El Director General del Instituto es la autoridad competente para ordenar y dirigir la contratacion, quien podra delegar total o parcialmente esta facultad mediante resolucion.

    El Director General del Instituto podra modificar las delegaciones o reasumir la competencia, en el momento que considere necesario.

    1.6.2 De la ejecucion y control de delegaciones Es delegado el funcionario con atribucion expresa y escrita del Director General para comprometer contractualmente al Instituto y aquellos funcionarios a quienes se les haya facultado expresamente para ejercer determinadas funciones o actos dentro de la actividad contractual. La delegacion para contratar podra contemplar todas o algunas de las facultades inherentes al tramite, aceptacion de ofertas, ordenacion del gasto, adjudicacion, celebracion, ejecucion, terminacion, liquidacion del contrato y ordenacion del pago.

    1.6.3 De los informes sobre el ejercicio de las delegaciones y sus consecuencias Los funcionarios a quienes se les haya delegado la competencia para adjudicar y/o suscribir contratos, rendiran al Director General del Instituto...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR