UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES Comisión de Regulación de Energía y Gas Resolución número 131 de 2010, por la cual se resuelve un recurso de reposición. - 20 de Septiembre de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 220732259

UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES Comisión de Regulación de Energía y Gas Resolución número 131 de 2010, por la cual se resuelve un recurso de reposición.

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín47838

de Energia y Gas RESOLUCION NUMERO 131 DE 2010 La Comision de Regulacion de Energia y Gas, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 2253 de 1994 y 2696 de 2004.

CONSIDERANDO QUE:

Mediante la Resolucion CREG 081 de 2007 la CREG adopto la metodologia para la remuneracion de los servicios del Centro Nacional de Despacho, CND, el Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales, ASIC y el Liquidador y Administrador de Cuentas, LAC.

Mediante la Resolucion CREG 048 de 2008, se establecio la remuneracion de los servicios regulados del CND, ASIC y LAC para el periodo tarifario.

Mediante la Resolucion CREG 071 de 2009, se hizo un ajuste a la remuneracion de los servicios regulados del CND, ASIC y LAC para el segundo año del periodo tarifario.

Mediante comunicacion con radicado CREG E-2009-0010187, XM Compañia de Expertos en Mercados S.A. E.S.P. presento a la CREG una solicitud de ajuste a la remuneracion de los servicios regulados del CND, ASIC y LAC, para el tercer periodo tarifario.

Mediante la Resolucion CREG 074 de 2010, la CREG resolvio la solicitud de ajuste a la remuneracion de los servicios regulados del CND, ASIC y LAC.

XM Compañia de Expertos en Mercados S. A. E.S.P., mediante la comunicacion E-2010-005698 interpuso Recurso de Reposicion en contra de la Resolucion numero 074 de 2010.

A continuacion se transcribe el texto de la comunicacion mediante la cual XM Compañia de Expertos en Mercados S. A. E. S. P., interpone el recurso: "FUNDAMENTOS DE DERECHO XM S.A. E.S.P. mediante el presente escrito, interpone recurso de reposicion en contra de la Resolucion 074 del 1° de junio de 2010, especificamente en lo que respecta a las siguientes decisiones contenidas en la mencionada resolucion: 1. Respuesta de la CREG a la solicitud de ajuste al ingreso maximo regulado, por concepto de la aplicacion de la Resolucion 181739 de 2009, proferida por el Ministerio de Minas y Energia.

En relacion con el ingreso solicitado para el cumplimiento de la Resolucion del Ministerio de Minas y Energia, numero 18-1739 de octubre 7 de 2009, expresa la CREG que "no es posible acceder a tal solicitud en atencion a que las funciones que se pretende remunerar corresponden al sector de gas combustible y no a los servicios de coordinacion y operacion prestados en el Sistema Interconectado Nacional que son los que se remuneran a traves de la metodologia tarifaria prevista en la Resolucion CREG 081 de 2007, de conformidad con lo previsto en los numerales c) y d) del articulo 23 de la Ley 143 de 1994, en concordancia con el articulo 34 ibidem".

Al respecto, manifestamos lo siguiente: Metodologia para el calculo de las tarifas. El articulo 23 de la Ley 143 de 1994 en los literales c) y d), establece lo siguiente: "Articulo 23. Para el cumplimiento del objetivo definido en el articulo 20 de la presente Ley, la Comision de Regulacion de Energia y Gas con relacion al servicio de electricidad tendra las siguientes funciones: ...

  1. Definir la metodologia para el calculo de las tarifas por el acceso y uso de las redes electricas, y los cargos por los servicios de despacho y coordinacion prestados por los centros regionales de despacho y el centro nacional de despacho.

  2. Aprobar las tarifas que deban sufragarse por el acceso y uso de las redes electricas, y los cargos por los servicios de despacho y coordinacion prestados por los centros regionales de despacho y centro nacional de despacho" (subrayas y negrillas fuera de texto).

Como se desprende del articulo citado, la CREG define la metodologia y aprueba las tarifas correspondientes a los cargos por los servicios de despacho y coordinacion prestados por el centro nacional de despacho.

Resoluciones del Ministerio de Minas y Energia. Ahora bien, la Resolucion MME 18-1739 de 2009 establece que el Centro Nacional de Despacho "elaborara el balance de gas y, antes de las 22:00 horas, determinara el deficit y/o excedente de gas y/o capacidad de transporte para cubrir la Demanda de Gas Natural por Atender e informara a los Productores - Comercializadores con el fin de que estos den cumplimiento al articulo 2° de la Resolucion 18 1686 de octubre 2 de 2009" (subrayas y negrillas fuera de texto).

Por su parte, el articulo 2° de la Resolucion MME 18 1686 de 2009 establece: "Articulo 2°. Los Productores - Comercializadores de gas natural daran cumplimiento a los Contratos que Garantizan Firmeza de suministro con las plantas termoelectricas, entregando gas natural, o sustituyendo este por combustibles liquidos, en los casos en que las plantas sean duales y dicha sustitucion sea factible" (Negrillas y subrayas fuera de texto).

De acuerdo con lo anterior, es claro que el objetivo de la elaboracion por parte del CND, del denominado Balance de Gas, es el de facilitar que los Productores - Comercializadores de gas natural den cumplimiento a la sustitucion de gas por combustibles liquidos a las plantas termoelectricas que se requieran para atender el despacho economico y asi evitar un racionamiento en el sector electrico. En este orden de ideas, la funcion de elaborar el Balance de Gas asignada al CND, se enmarca dentro de los servicios de coordinacion y operacion prestados en el Sistema Interconectado Nacional, al ser esta una funcion cuyo objetivo es viabilizar la entrega a las plantas termoelectricas, del combustible necesario para cumplir el despacho economico y asi evitar un posible racionamiento electrico y en esta medida, la tarifa correspondiente a la mencionada funcion debe ser fijada por la CREG, tal como lo establece el articulo 23 de la Ley 143 de 1994, transcrito anteriormente.

Igualmente, mediante Resolucion MME 18 2074 de noviembre 23 de 2009, modificada por las Resoluciones MME 18 2307 de diciembre 16 de 2009 y 18 0924 de junio 2 de 2010, el Ministerio de Minas y Energia...

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