Renta ciudadana - resolución No° 00428 del 8 de marzo de 2024 del municipio de Támara, 15-04-2024 - Normativa - VLEX 1031503843

Renta ciudadana - resolución No° 00428 del 8 de marzo de 2024 del municipio de Támara, 15-04-2024

Fecha de publicación08 Marzo 2024
Fecha15 Abril 2024
Año2024
Tipo de documentoResolución
~
COLOMBIA
~~·V
I
DA
PR
OSPE
RI
DAD
SO
C
IA
L
RESOLUCIÓN N.00 o 4 2 a DEL o 8
MAR
2024
«Por medio de
la
cual
se
materializa
el
registro de hogares potenciales priorizados en la Línea de Intervenci
ón
de Valoración de Cuidado
en
el
prog
ra
ma Renta Ciudadana»
EL SUBDIRECTOR DE TRANSFERENCIAS MONETARIAS CONDICIONADAS DEL DEPA RTAMENTO
ADMINISTRATIVO PARA
LA
PROSPERIDAD SOCIAL- PROSPERIDAD SOCIAL
En
uso de sus facul tades cons
ti
tucionales y legales,
en
especial las conferidas por los arculos
61
y
65
de
la
Ley 489 de
1998, el artículo 66 de
la
Ley 2294 de 2023,
el
Art.
21
A numeral 4 del Decreto 1663 de 2021,
la
Resoluci
ón
079 de 2024
y,
CONSIDERANDO
Que el artículo
94
de la Ley 7 15 de 2001 modificado por los artículos
24
de la Ley
11
76 de 2007 y 165 de
la
2015 define la focalización como «
el
proceso mediante el cua l, se garantiza que el gasto social se as igne a los
gr
upos de
poblaci
ón
más po b
re
y
vu
lnerable» .
Qu
e,
en
el artículo
211
de la Le y 1955 de 20 1
9,
se creó la Mesa de Equidad como una instancia de alto nivel, de carácter
estratégico y decisorio, presidida y convocada por el Presidente de la Repúb
li
ca, con el objetivo de establecer directrices
para los sectores y entidades del Gobierno nacional para
la
aprobación de diseños e implementaci
ón
de acciones y
la
destinación d e recursos de acuerdo con las prioridades territoria les y poblacionales para la reducción de
la
pobreza y la
pobreza extrema,
el
seguimie n
to
de las acciones del Gobierno y la rendición de
cu
entas para asegurar la atención prioritaria
a
la
población
en
condicn d e pobreza y pobreza extrema y
el
cumplimiento de las metas trazadoras en materia de
pobreza.
Que, con ocasión de lo establecido
en
los artícu los 65 y 66 de
la
Ley 2294 de 2023, el Departa mento Administrativo para
la
Prosperidad Social tiene
la
potestad para reglamentar
la
operación y ejecución de los programas de tra
ns
ferencias
monetarias que hacen part e de l sistema de transferencias (artículo 65) , dentro del cual se encu entra Renta C
iu
dadana,
que armoniza los programas de transferencias monetarias condicionadas y no condicionadas a c argo del Departamento
Administrativo para la Prosperid
ad
Social.
Que mediante el acta
No.
13
d
el
30
de noviembre de 2023 de la Mesa de Equidad,
en
su sesión Deci motercera, se aprobó
el modelo general del Prog rama Renta Ciudadana, criterios de focalización y montos de las transfer
en
cias moneta
ri
as para
sus neas de
in
tervención.
Que, de acuerdo con
el
mandato legal establecido
en
los precitados artículos 65 y 66 de la Ley 22
94
de 2023, y según las
directrices aprobadas
en
la
cimo terc e
ra
sesión de la Mesa de Equidad del 30 de noviembre
al
1 de diciembre de 2023,
el programa Renta Ciudadana cue nta con cuatro Líneas de Intervención, a saber: (i) Valoración del Cuidado, (ii) Co lombia
Sin Hambre,
(i
ii)
Fo
rtalecimi
en
to de Capacidades y (iv) Atenci
ón
de Emergencias; las mencionadas line
as
serán
implementadas de forma gradual y progresiva.
Que, mediante
la
Resolución 079 de 2024. «Por medio de la cual se reglamente
el
programa
Re
n
ta
Ciudadana a cargo del
Departamento Administra
ti
vo
pa
ra
la Prosperidad Social y se dictan otras di
sp
osicione se definieron los aspectos
generales aplicables para la aplic
ac
i
ón
y ejecuci
ón
del programa Renta Ciudadan
a,
y se estableció la
re
glamentaci
ón
específica de
la
implementación de dos lineas de intervención: Línea de Intervenci
ón
Valoración del Cuidado y la Línea de
In
tervenci
ón
Atenci
ón
de Emerg encias.

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