Decreto número 2323 de 2013, por el cual se acepta la renuncia de un notario, se hace un nombramiento en virtud del artículo 178 numeral 3 del Decreto 960 de 1970, y se designa un notario en propiedad en el Círculo Notarial de Buenaventura - 22 de Octubre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 470896562

Decreto número 2323 de 2013, por el cual se acepta la renuncia de un notario, se hace un nombramiento en virtud del artículo 178 numeral 3 del Decreto 960 de 1970, y se designa un notario en propiedad en el Círculo Notarial de Buenaventura

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín48951

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren el artículo 131 de la Constitución Política, los artículos 144 y 178 numeral 3 del Decreto-ley 960 de 1970, de la Ley 588 de 2000 y 5º del Decreto 2163 de 1970, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 1261 del 15 de abril de 2009 se nombró al doctor José Manuel Cantero Recio, identificado con la cédula de ciudadanía número 14981500, como Notario Segundo (2º) del Círculo de Buenaventura.

Que mediante escrito calendado el 12 de agosto de 2013, dirigido al señor Presidente de la República, el doctor José Manuel Cantero Recio, presentó renuncia irrevocable al cargo de Notario Segundo (2º) del Círculo de Buenaventura.

Que de conformidad con el artículo 144 del Decreto 960 de 1970, "El cargo se pierde: 1. Por aceptación de la renuncia".

Que mediante Decreto 0587 del 21 de marzo de 2012 se nombró en propiedad a la doctora Nora Clemencia Mina Zape, identificada con la cédula de ciudadanía número 34539556, en la Notaría Tercera (3a) del Círculo de Buenaventura.

Que la doctora Nora Clemencia Mina Zape, Notaria Tercera (3a) del Círculo de Buenaventura solicitó, con base en el derecho de preferencia consagrado en el numeral 3 del artículo 178 del Decreto 960 de 1970, mediante escrito fechado el 25 de mayo de 2012, su designación en la Notaría Segunda (2a) del Círculo de Buenaventura, tal como consta en certificación del 20 de septiembre del 2013, suscrita por el Secretario Técnico del Consejo Superior de la Carrera Notarial.

Que en sesión del 24 de marzo de 2010, el Consejo Superior de la Carrera Notarial, entre otros asuntos, trató el tema relacionado con el derecho de preferencia consagrado en el numeral 3 del artículo 178 del Estatuto Notarial.

Sobre el particular, en esa oportunidad se puntualizó que el notario en propiedad al ingresar a la carrera notarial, adquiere derechos y obligaciones, dentro de los cuales se encuentra el de poder ejercer el derecho de preferencia para ocupar una notaría vacante, siempre que esta pertenezca a la misma circunscripción político-administrativa y sea de igual categoría, de acuerdo a lo preceptuado en el Decreto 960 de 1970 artículo 178-3.

Que el artículo 131 de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR