Resolución número 0348 de 2013, por la cual se fijan los lineamientos requeridos por el Ministerio de Cultura para la entrega de Material Audiovisual, Editorial, Digital Cinematográfico a las entidades públicas del orden territorial y entidades sin ánimo de lucro
Emisor | Ministerio de Cultura |
Número de Boletín | 48718 |
La Ministra de Cultura, en ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere la Ley 397 de 1997, modificada por la Ley 1185 de 2008, sus Decretos Reglamentarios y en especial en cumplimiento del artículo 12 de la Ley 1185 de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 70 de la Constitución Política señala como deber del Estado promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente, la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional;
Que el artículo 71 ibídem, establece que la búsqueda del conocimiento y la expresión artística son libres. Los planes de desarrollo económico y social incluirán el fomento a las ciencias y, en general, a la cultura. El Estado creará incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia y la tecnología y las demás manifestaciones culturales y ofrecerá estímulos especiales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades;
Que la Ley 397 de 1997, en su artículo 66, crea el Ministerio de Cultura, como el organismo rector de la cultura, encargado de formular coordinar, ejecutar y vigilar la política del Estado en la materia, en concordancia con los programas y planes de desarrollo, según los principios de participación contemplados en esa ley;
Que el artículo 1º numeral 11 de la Ley 397 de 1997 define como principio fundamental el deber del Estado de fomentar la creación, ampliación y adecuación de la infraestructura artística y cultural y garantizar el acceso de todos los colombianos a la misma;
Que el artículo 40 de la Ley 397 de 1997, determina que el Estado, a través del Ministerio de Cultura, de Desarrollo Económico, y de Hacienda y de Crédito Público, fomentará la conservación, preservación y divulgación, así como el desarrollo artístico e industrial de la cinematografía colombiana como generadora de una imaginación y una memoria colectiva propias y como medio de expresión de nuestra identidad nacional;
Que la Dirección de Cinematografía del Ministerio de Cultura, tiene como misión la de propender por un país con una cultura audiovisual propia y estable, con logros y propuestas para el mejoramiento de la calidad del lenguaje de imágenes en movimiento y con viabilidad industrial que garantice su permanencia en el tiempo;
Que para cumplir con su Misión, la Dirección de Cinematografía desarrolla diversos programas que inciden en la investigación, legislación, formación, producción, infraestructura, difusión, distribución, exhibición y conservación de la industria cinematográfica;
Que la Dirección de Cinematografía para el desarrollo del considerando anterior, promueve la producción de materiales audiovisuales, editoriales, digitales cinematográficos, en colecciones específicas; que tiene como objetivo fortalecer procesos locales, regionales, nacionales de cine colombiano y el aprendizaje de los lenguajes audiovisuales en el país a través de bibliotecas, centros culturales y académicos;
Que el artículo 12 de la Ley 1185 de 2008, faculta a la Dirección de Cinematografía del Ministerio de Cultura para hacer entrega de materiales pedagógicos a entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro para contribuir a la circulación de contenidos cinematográficos;
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Fijar los lineamientos básicos para la entrega de materiales audiovisuales, editoriales, digitales cinematográficos con destino a las entidades públicas del orden territorial y a las entidades privadas sin ánimo de lucro.
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