Requisitos de procedibilidad - Demanda y proceso Contencioso Administrativo - Parte segunda. Organización de la jurisdicción de lo contencioso administrativo y de sus funciones jurisdiccional y consultiva - Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Libros y Revistas - VLEX 439687670

Requisitos de procedibilidad

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas130-132
130 Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo
(*Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com)
        
Art. 4.
 Art. 44.
 *Art. 99 num. 8.
 *Art. 6 num. 3.
 Arts. 118 y 277.
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La representación de entidades
públicas debe aparecer debidamente acreditada en el proceso.
     Quienes
comparezcan al proceso deberán hacerlo por conducto de abogado
inscrito, excepto en los casos en que la ley permita su intervención
directa.
Los abogados vinculados a las entidades públicas pueden
representarlas en los procesos contenciosos administrativos mediante
poder otorgado en la forma ordinaria, o mediante delegación general o
particular efectuada en acto administrativo.

        
Art. 71.
 Arts. 44, 47, 48 y 63
 (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com)
 
Las entidades
públicas cuando actúen como demandante, demandada o tercero deben
estar representadas por abogado.


      La
presentación de la demanda se someterá al cumplimiento de requisitos
previos en los siguientes casos:
1. Cuando los asuntos sean conciliables, el trámite de la conciliación
extrajudicial constituirá requisito de procedibilidad de toda
demanda en que se formulen pretensiones relativas a nulidad con
restablecimiento del derecho, reparación directa y controversias
contractuales.
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