Resolución número 017 de 2010, por la cual se establecen los requisitos para solicitar los recursos por compensación a que se refiere el artículo 184 de la Ley 223 de 1995. - 9 de Marzo de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 77959753

Resolución número 017 de 2010, por la cual se establecen los requisitos para solicitar los recursos por compensación a que se refiere el artículo 184 de la Ley 223 de 1995.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín47646
4
DIARIO OFICIAL
Edición 47.646
Martes 9 de marzo de 2010
Parágrafo 2°. En el evento en que la carga no pueda ser entregada al depósito habilitado
señalado en los documentos de transporte o al determinado por el transportador o agente
de carga, por encontrarse suspendida o cancelada su habilitación, o no tener capacidad de
cnocegpcokgpvq"q"rqtswg"nc"ogtecpec"tgswkgtc"eqpfkekqpgu"gurgekcngu"fg"cnocegpcokgpvq="
el transportador, su representante o el agente de carga internacional, o el depósito señalado
en el documento de transporte, podrá solicitar a la Dirección de Impuestos y Aduanas Na-
cionales el cambio de depósito habilitado para el almacenamiento.
Artículo 2°. Transitorio. Lo previsto en el artículo 1° del presente Decreto se aplicará
a las mercancías que ingresen al territorio aduanero nacional a partir de la fecha de su
entrada en vigencia.
Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y
deroga las demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 9 de marzo de 2010.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público ad hoc,
Gabriel Silva Luján.
Gn"Okpkuvtq"fg"Eqogtekq."Kpfwuvtkc"{"Vwtkuoq.
Luis Guillermo Plata Páez.
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 016 DE 2010
(marzo 1°)
rqt"nc"ewcn"ug"oqfkÝec"gn"rtguwrwguvq"fg"icuvqu"fg"nc"Eclc"fg"Rtgxkuk„p"Uqekcn"
de Comunicaciones, Caprecom, Empresa Industrial y Comercial del Estado,
rctc"nc"xkigpekc"Ýuecn"fg"42320
El Director General del Presupuesto Público Nacional, en uso de la facultad que le
eqpÝgtg"gn"ctvewnq"3̇"fg"nc"Tguqnwek„p"p¿ogtq"26"fgn"4"fg"lwpkq"fg"4226."gzrgfkfc"rqt"gn"
Eqpuglq"Uwrgtkqt"fg"Rqnvkec"Hkuecn."EqpÝu.
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución número 005 del 23 de diciembre de 2009, el Consejo Superior
fg"Rqnvkec"Hkuecn."EqpÝu."crtqd„"gn"rtguwrwguvq"fg"kpitguqu"{"icuvqu"fg"nc"Eclc"fg"Rtgxkuk„p"
Social de Comunicaciones, Caprecom, Unidad de Salud - Régimen Contributivo, Unidad
fg"Rgpukqpgu"{"Wpkfcf"fg" Ucnwf"/"Tfiikogp"Uwdukfkcfq"/" rctc"nc"xkigpekc"Ýuecn"fgn" 3̇"fg"
enero al 31 de diciembre de 2010.
Que el artículo 24 del Decreto 115 de 1996, establece que las adiciones, traslados o
tgfweekqpgu"swg"oqfkÝswgp"gn"xcnqt"vqvcn"fg"nqu"icuvqu"fg"hwpekqpcokgpvq."icuvqu"fg"qrg-
ración comercial, servicio de la deuda y gastos de inversión serán aprobados por el Consejo
Uwrgtkqt"fg"Rqnvkec"Hkuecn."EqpÝu."q"swkgp" guvg"fgngiwg0"Rctc"guvqu"ghgevqu"ug"tgswkgtg" gn"
concepto del Ministerio respectivo. Para los gastos de inversión se requiere adicionalmente
el concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación.
Swg"gn"Eqpuglq"Uwrgtkqt"fg"Rqnvkec"Hkuecn."EqpÝu."fgngi„"ogfkcpvg"Tguqnwek„p"p¿ogtq"
04 del 2 de junio de 2004 al Director General del Presupuesto Público Nacional la aprobación
de los traslados, adiciones y reducciones presupuestales de los presupuestos de Ingresos
y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y de las Sociedades de
Geqpqoc"Okzvc"uwlgvcu"cn"tfiikogp"fg"cswgnncu."fgn"qtfgp"pcekqpcn."fgfkecfcu"c"cevkxkfcfgu"
pq"Ýpcpekgtcu."{"fg"ncu"gortgucu"swg"ug"tkigp"rqt"nq"fkurwguvq"gp"gn"ctvewnq"7̇"fgn"Guvcvwvq"
Orgánico del Presupuesto, previa consulta con el Ministerio respectivo.
Swg"Ecrtgeqo"ogfkcpvg" qÝekq"fgn"3;" fg"hgdtgtq"fg" 4232"uwuetkvq"rqt"gn" Fktgevqt"fg"
Ecrtgeqo."uqnkekvc" oqfkÝect" gn" rtguwrwguvq" fg"icuvqu" fg" nc" Wpkfcf"fg" Ucnwf/Tfiikogp"
Uwdukfkcfq"gp"&;027902"oknnqpgu="fkejqu"tgewtuqu"ug"vtcuncfctƒp"fg"nc"fkurqpkdknkfcf"Ýpcn"
para gasto de inversión para cubrir el incremento de las cuentas por pagar generado al
ekgttg"fgn"422;"fg"nqu"eqpvtcvqu"fg"eqortc"fgn"Egpvtq"fg"Cvgpek„p"codwncvqtkc"fg"Vwoceq"
y adecuaciones adicionales a la Clínica de Quibdó en el Chocó.
Swg"gn" Okpkuvgtkq" fg" nc" Rtqvgeek„p" Uqekcn." ogfkcpvg" QÝekq" 34422/46978" fgn" 4;" fg"
enero de 2010, suscrito por el Director General de Planeación y Análisis de Política, emitió
eqpegrvq"vfiepkeq"hcxqtcdng"uqdtg"nc"oqfkÝecek„p"cn"rtguwrwguvq"fg"icuvqu"fg"nc"Wpkfcf"fg"
Ucnwf"/"Tfiikogp"Uwdukfkcfq"rctc"nc"xkigpekc"4232"rqt"&;027902"oknnqpgu0
Swg"ogfkcpvg"QÝekq"FKHR/39/42324872222668"fgn"34"fg"hgdtgtq"fg"4232."nc"Fktgevqtc"fg"
Inversiones y Finanzas Públicas del Departamento Nacional de Planeación, emitió concepto
vfiepkeq"hcxqtcdng"uqdtg" nc"oqfkÝecek„p" cn"rtguwrwguvq" fg"icuvqu" fg"Ecrtgeqo"/" Wpkfcf"
fg"Ucnwf/Tfiikogp"Uwdukfkcfq"rqt"&;027902" oknnqpgu0"Gp"fkejq"qÝekq"ug" kpfkec"swg"guvqu"
tgewtuqu"ug"tgswkgtgp."rqt"ewcpvq"cn"Ýpcnk¦ct"gn"422;."ug"kpetgogpvctqp"ncu"ewgpvcu"rqt"rcict"
fg"kpxgtuk„p" gp"&;027902" oknnqpgu"fg" nqu"eqpvtcvqu" rctc"eqortc" fgn"Egpvtq" fg"Cvgpek„p"
Codwncvqtkc"fg"Vwoceq"{"cfgewcekqpgu"cfkekqpcngu"c"nc"Enpkec"fg"Swkdf„"gp"gn"Ejqe„0
Swg"ogfkcpvg"qÝekq" fg"hgejc"44"fg" hgdtgtq"fg"4232." uwuetkvq"rqt"nc" Lghg"Fkxkuk„p"fg"
Rtguwrwguvq"*G0+"fg"Ecrtgeqo."ug"egtvkÝec"swg"gzkuvg"ucnfq"fkurqpkdng"nkdtg"fg"chgevcek„p"gp"
nc"fkurqpkdknkfcf"Ýpcn"fgn"rtguwrwguvq"fg"icuvqu"fg"nc"Wpkfcf"fg"Ucnwf/Tfiikogp"Uwdukfkcfq"
fg"Ecrtgeqo"rqt"&;027902"oknnqpgu0
RESUELVE:
Artículo 1°. OqfkÝecek„p. Modifícase el presupuesto de gastos de la Caja de Previsión
Social de Comunicaciones, Caprecom, así:
092-04 SALUD - RÉGIMEN SUBSIDIADO
CONTRACRÉDITO
RTGUWRWGUVQ"FG"ICUVQU
1. DISPONIBILIDAD FINAL $9.057.000.000
CRÉDITO
1. INVERSIÓN $9.057.000.000
Artículo 2°. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 1° de marzo de 2010.
El Director General del Presupuesto Público Nacional,
Fernando Jiménez Rodríguez.
(C.F.)
RESOLUCIÓN NÚMERO 017 DE 2010
(marzo 4)
por la cual se establecen los requisitos para solicitar los recursos por compensación
c"swg"ug"tgÝgtg"gn"ctvewnq"3:6"fg"nc"Ng{"445"fg"3;;70
El Director General del Presupuesto Público Nacional, en ejercicio de la facultad que
ng"eqpÝgtg"gn"ctvewnq"4:"fgn"Fgetgvq"6934"fg"422:.
RESUELVE:
Artículo 1°. Para efectos de asignar los recursos de la compensación de que trata el
artículo 184 de la Ley 223 de 1995, se deberán aportar los siguientes documentos al Minis-
terio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional:
30"EgtvkÝecek„p"fgn" korwguvq"rtgfkcn" wpkÝecfq"fglcfq" fg"tgecwfct"gp" gn"c‚q" cpvgtkqt"
o anteriores, correspondiente a los predios pertenecientes a los resguardos indígenas del
owpkekrkq."gzrgfkfc"rqt"gn"Vguqtgtq"Owpkekrcn."fgdkfcogpvg"fknkigpekcfc"rctc" ecfc"c‚q."
en el formato que establezca la Dirección General del Presupuesto Público Nacional.
40"Eqrkc"fgn"Cewgtfq"q"cevq"cfokpkuvtcvkxq"swg"Ýlc"rctc"gn"owpkekrkq"nc"vctkhc" fgn"ko-
rwguvq"rtgfkcn"wpkÝecfq"{"ncu"uqdtgvcucu"ngicngu"fg"nc"xkigpekc"swg"ug"nkswkfc0
La copia de los actos administrativos que se envíen, básicamente deben contener: la por-
vcfc."nc"rctvg"rgtvkpgpvg"swg"guvkrwng"ncu"vctkhcu"{"nc"ugeek„p"eqp"ncu"Ýtocu"eqttgurqpfkgpvgu0
En los eventos en los cuales la entidad territorial, por caso fortuito o fuerza mayor, no
rqugc"eqrkc"fgn"Cewgtfq"q" cevq"cfokpkuvtcvkxq."ogfkcpvg" gn"ewcn"ug"Ýlcp" ncu"vctkhcu."guvcu"
fgdgtƒp"ugt"egtvkÝecfcu"rqt"gn"tgurgevkxq"cnecnfg"owpkekrcn0
50"EgtvkÝecfq" fgn" cxcn¿q"fg" nqu" rtgfkqu"gokvkfq" rqt" gn"Kpuvkvwvq" IgqitƒÝeq"Ciwuvp"
Codazzi, de acuerdo con el formato que determine la entidad.
Ctvewnq"4̇0"Nc"iguvk„p"fg"cukipcek„p"fg"nc"eqorgpucek„p"rqt"gn"korwguvq"rtgfkcn"wpkÝ-
cado a los municipios con resguardos indígenas, ante la Dirección General del Presupuesto
Público Nacional, deberá ser adelantada por los alcaldes o tesoreros.
Artículo 3°. La presente resolución rige a partir de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 4 de marzo de 2010.
El Director General del Presupuesto Público Nacional,
Fernando Jiménez Rodríguez.
(C.F.)
RESOLUCIÓN NÚMERO 571 DE 2010
(marzo 5)
por la cual se aprueba el Plan de Desempeño adoptado por el Municipio de Ciénaga, Mag-
fcngpc."ogfkcpvg"Fgetgvq"p¿ogtq"438"fgn"6"fg"oct¦q"fg"4232"{"ug"fgukipc"gn"Eqqtfkpcfqt"
fgn"Rncp"fg"Fgugorg‚q."fg"cewgtfq"eqp"nq"guvcdngekfq"gp"nqu"ctvewnqu"6̇"fgn"Fgetgvq"4;33"
de 2008 y 12 del Decreto 028 de 2008.
La Directora de la Dirección General de Apoyo Fiscal, en uso de sus facultades legales,
en especial de las conferidas por los Decretos 028 de 2008 y 791 de 2009 y la Resolución
número 794 de 2009,
CONSIDERANDO:
a) Que el Acto Legislativo 04 de 2007 facultó al Gobierno Nacional para diseñar una
estrategia de Monitoreo, Seguimiento y Control al Sistema General de Participaciones.
d+"Swg"gp" fgucttqnnq"fg" guc"hcewnvcf" eqpuvkvwekqpcn."gn"Iqdkgtpq" Pcekqpcn"gzrkfk„" gn"
Fgetgvq"24:"fg"422:"eqp"gn"Ýp"fg"fgÝpkt"nc"guvtcvgikc"fg"Oqpkvqtgq."Ugiwkokgpvq"{"Eqpvtqn"
integral al gasto que se realice con recursos del Sistema General de Participaciones.
c) Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 4° y 6° del Decreto 791 de
2009, corresponde al Ministerio de Hacienda y Crédito Público ejercer las funciones es-
tablecidas en el Decreto 028 de 2008 para la coordinación del Monitoreo, seguimiento y
Control integral al gasto que realicen las entidades con los recursos del Sistema General
de Participaciones.
d) Que la Resolución número 794 de 2009 encargó de las funciones de monitoreo,
seguimiento y control de los recursos del Sistema General de Participaciones, asignadas al
Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a la Dirección de Apoyo Fiscal.
e) Que mediante la Resolución número 3655 del 22 de diciembre del 2009, la Dirección
de Apoyo Fiscal estableció la adopción de la medida preventiva del Plan de Desempeño, de
acuerdo con el artículo 11 del Decreto 028 de 2008 y el inciso 1° del artículo 1° del Decreto
2911 de 2008, al Municipio de Ciénaga, Magdalena.

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