Resolución ejecutiva número 364 de 2009, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 24 de Diciembre de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 74584850

Resolución ejecutiva número 364 de 2009, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio del Interior y de Justicia
Número de Boletín47573

El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el articulo 491 de la Ley 906 de 2004, y CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal numero 3421 del 19 de diciembre de 2008, el Gobierno de los Estados Unidos de America, a traves de su Embajada en Colombia, solicito la detencion provisional con fines de extradicion del ciudadano colombiano Aldemar Alvarez Tabares requerido para comparecer a juicio por delitos federales de narcoticos. 2. Que el Fiscal General de la Nacion mediante resolucion del 29 de diciembre de 2008 decreto la captura con fines de extradicion del ciudadano Aldemar Alvarez Tabares, identificado con la cedula de ciudadania numero 16740822, la cual se hizo efectiva el 22 de mayo de 2009, por miembros de la Policia Nacional. 3. Que la Embajada de los Estados Unidos de America en nuestro pais, mediante Nota Verbal numero 1698 del 15 de julio de 2009, formalizo la solicitud de extradicion del ciudadano Aldemar Alvarez Tabares. En la mencionada Nota se informa: "Aldemar Alvarez Tabares es requerido para comparecer a juicio por delitos federales de narcoticos. Es el sujeto de la Tercera Acusacion Sustitutiva numero CR 04-749 (S-3) (JG) (VVP), dictada el 4 de noviembre de 2008, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Nueva York, mediante la cual se le acusa de: -- Cargo Uno: Concierto para distribuir, y para poseer con la intencion de distribuir, cinco kilogramos o mas de una sustancia que contenia cocaina, en violacion del Titulo 21, a Secciones 841 (a) (1) y (b) (1) (A) (ii) (II), y 846 del Codigo de los Estados Unidos, y del Titulo 18, Seccion 3551, et seq. del Codigo de los Estados Unidos;

-- Cargo Dos: Concierto para importar cinco kilogramos o mas de una sustancia que contenia cocaina, en violacion del Titulo 21, Secciones 952 (a), 960 (a) (1) y (b) (1) (B) (ii), y 963 del Codigo de los Estados Unidos, y del Titulo 18, Seccion 3551, et seq. del Codigo de los Estados Unidos;

-- Cargo Tres: Concierto para distribuir cinco kilogramos o mas de una sustancia que contenia cocaina, con la intencion y el conocimiento de que dicha sustancia seria importada a los Estados Unidos desde un lugar fuera de los Estados Unidos, en violacion del Titulo 21, Secciones 959 (a) y (c), 960 (a) (3) y (b) (1) (B) (ii), y 963 del Codigo de los Estados Unidos, y del Titulo 18, Seccion 3551, et seq. del Codigo de los Estados Unidos, y -- Cargo Cuatro: Concierto para lavar con conocimiento las utilidades provenientes del trafico de narcoticos, en violacion del Titulo 21, Secciones 841 (a) (1), 846, 963, 960 (a) (1), 959 (c) y 960 (a) (3) del Codigo de los Estados Unidos, y del Titulo 18, Secciones 1956 (a) (1) (B) (i), y (h), y 3551, et seq. del Codigo de los Estados Unidos.

(...) Un auto de detencion contra Alvarez Tabares por estos cargos fue dictado el 4 de noviembre de 2008, por orden de la Corte arriba mencionada. Dicho auto de detencion permanece valido y ejecutable. (...) Aun cuando algunas de las conductas delictivas del acusado alegadas en la tercera acusacion sustitutiva se iniciaron antes del 17 de diciembre de 1997, su culpabilidad por cada uno de los cargos esta sustentada en evidencia independiente sobre su conducta delictiva cometida despues de esa fecha...". 4. Que de conformidad con lo dispuesto en el articulo 496 de la Ley 906 de 2004, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a traves de la Oficina Juridica, mediante Oficio OAJ.E. numero 1458 del 16 de julio de 2009 conceptuo: "... que por no existir Convenio aplicable al caso es procedente obrar de conformidad con el ordenamiento procesal penal colombiano...". 5. Que el Ministerio del Interior y de Justicia, mediante Oficio numero 24462 del 23 de julio de 2009, remitio a la Sala de Casacion Penal de la honorable Corte Suprema de Justicia la documentacion traducida y autenticada, con la cual la Embajada de los Estados Unidos de America en nuestro pais, formalizo la solicitud de extradicion del ciudadano Aldemar Alvarez Tabares, para que fuera emitido el respectivo concepto. 6. Que la Sala de Casacion Penal de la honorable Corte Suprema de Justicia, mediante providencia del 9 de diciembre de 2009, al encontrar cumplidos los requisitos que exigen las normas aplicables al caso, conceptuo favorablemente a la extradicion del ciudadano Aldemar...

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