MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA Resolución ejecutiva número 012 de 2010, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición. - 11 de Febrero de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 76658457

MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA Resolución ejecutiva número 012 de 2010, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición.

EmisorMinisterio del Interior y de Justicia
Número de Boletín47620

la documentacion traducida y autenticada, con la cual la Embajada de los Estados Unidos de America en nuestro pais, formalizo la solicitud de extradicion del ciudadano Felix Cantillo Burgos, para que fuera emitido el respectivo concepto.

DIARIO OFICIAL DIARIO OFICIAL Libertad y Orden * I S S N 0122-2112 I S S N 0122-2112 ontratacIon PublIca numero 1.069 Ion PublIca numero 1.136 Ministerio del interior y de Justicia Ministerio del interior y de Justicia -- Cargo Uno: Concierto para cometer el delito de toma de rehenes (secuestro), en violacion del Titulo 18, Seccion 1203 del Codigo de los Estados Unidos;

y 6. Que la Sala de Casacion Penal de la honorable Corte Suprema de Justicia, mediante -- Cargo Dos: Toma de rehenes (secuestro), y ayuda y facilitacion de dicho delito, en providencia del 20 de enero de 2010, al encontrar cumplidos los requisitos que exigen las violacion del Titulo 18, Secciones y (sic) 1203 y 2 del Codigo de los Estados Unidos.

normas aplicables al caso, conceptuo favorablemente a la extradicion del ciudadano Felix Un auto de detencion contra Giraldo Quinchia por estos cargos fue dictado el 4 de diciemCantillo Burgos.

bre de 2008, por orden de la corte arriba mencionada. Dicho auto de detencion permanece Sobre el particular la honorable Corporacion manifesto: valido y ejecutable.

"En esa medida, no es posible acceder a la pretension de (sic) defensor del requerido (...) desfavorable, pues no se satisfacen los presupuestos previstos por la Todas las acciones adelantadas por el acusado en este caso fueron realizadas con posteCorporacion para dar prevalencia a la cosa juzgada como causal de improcedencia de la rioridad al 17 de diciembre de 1997...".

extradicion.

  1. Que de conformidad con lo dispuesto en el articulo 514 de la Ley 600 de 2000, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a traves de la Oficina Asesora Juridica, mediante Oficio En merito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Penal, OAJ.E. 2662 del 26 de diciembre de 2008, conceptuo: emite Concepto Favorable a la solicitud de extradicion del ciudadano colombiano Felix "... que por no existir Convenio aplicable al caso es procedente obrar de conformidad con Cantillo Burgos formulada por el Gobierno de los Estados Unidos a traves de su Embajada el ordenamiento procesal penal colombiano".

    en Bogota, para que responda por los cargos contenidos en la Acusacion numero 08-Cr.-1111 dictada el 13 de noviembre de 2008 por la Corte del Distrito Sur de Nueva York.

  2. Que el Ministerio del Interior y de Justicia, mediante Oficio OFI09-477 del 13 de enero de 2009, remitio a la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia la documentacion De otra parte, es preciso consignar que corresponde al Gobierno Nacional condicionar traducida y autenticada, con la cual la Embajada de los Estados Unidos de America en nuestro la entrega a que el reclamado en extradicion no vaya a ser condenado a pena de muerte, ni pais, formalizo la solicitud de extradicion del ciudadano colombiano Gustavo Anibal Giraldo juzgado por hechos diversos a los que motivaron la solicitud de extradicion, ni sometido Quinchia, para que fuera emitido el respectivo concepto.

    a desaparicion forzada, torturas, tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, como 6. Que la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia, mediante providencia tampoco a la sancion de destierro, cadena perpetua o confiscacion, conforme lo establecen del 26 de agosto de 2009, conceptuo desfavorablemente a la solicitud de extradicion del los articulos 11, 12 y 34 de la Carta Politica.

    ciudadano Gustavo Anibal Giraldo Quinchia.

    Tambien debe condicionar la entrega del solicitado a que se le respeten - como a cualquier En dicha providencia la honorable Corporacion manifesto: otro nacional en las mismas condiciones1- todas las garantias debidas en razon de su calidad "5. Causas de improcedencia.

    de justiciable, en particular a: tener acceso a un proceso publico sin dilaciones injustificadas, La Constitucion Nacional prohibe la extradicion en los siguientes casos, (i) cuando los se presuma su inocencia, estar asistido por un interprete, contar con un defensor designado hechos...

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