Resolución número 000301 de 2009, por la cual se modifica la Resolución 0239 del 31 de agosto de 2009, a través de la cual se otorga un apoyo al transporte de maíz blanco y sorgo en algunas zonas del país. - 28 de Octubre de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 69325837

Resolución número 000301 de 2009, por la cual se modifica la Resolución 0239 del 31 de agosto de 2009, a través de la cual se otorga un apoyo al transporte de maíz blanco y sorgo en algunas zonas del país.

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín47516

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por el articulo 7° de la Ley 101 de 1993 y el numeral 11 del articulo 3° del Decreto 2478 de 1999, y CONSIDERANDO:

Que como resultado de la estrategia de comercializacion definida por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural para el maiz blanco y el sorgo, expidio las resoluciones 0239 y 0244 de 2009, a traves de la cual se fijaron las condiciones para acceder al apoyo al transporte;

Que en desarrollo del programa en las zonas de produccion que son objeto del apoyo al transporte se han presentado inconvenientes para la definicion de algunas rutas a los centros de consumo;

Que con el fin de cumplir eficientemente con el objetivo del programa, facilitar la comercializacion del maiz blanco producido en el segundo semestre, proteger los ingresos a los productores y regular los niveles de oferta en el mercado es necesario incluir una nueva ruta objeto de apoyo al transporte a las establecidas en las Resoluciones 0239 y 0244 de 2009 que es de Aguachica - Bogota, RESUELVE:

Articulo 1° Modifiquese el articulo tercero de la Resolucion 0239 del 31 de agosto de 2009, el cual quedara asi: Articulo 3°

Valor. El valor maximo de apoyo al transporte por tonelada de maiz blanco y sorgo transportado sera el siguiente: Origen Destino Apoyo ($/ton) Aguachica Medellin 81.000 Aguachica Bucaramanga 50.000 Aguachica Bogota 100.000 Cali Bogota 75.000 Cartago Bogota 70.000 Cartago Medellin 62.000 Centro - Norte del Valle Medellin 65.000 Centro - Norte del Valle Cali 40.000 Espinal Bogota 50.000 Espinal Medellin 65.000 Monteria - Cerete Medellin 80.500 Monteria- Cerete Barranquilla 47. 000 Monteria - Cerete Bogota 120.000 Monteria -Cerete Bucaramanga 80.500 Neiva Bogota 60.000 Articulo 2°. Los requisitos y condiciones para acceder al incentivo al apoyo al transporte del maiz blanco y sorgo en el segundo semestre de 2009, se regiran en todos los terminos por las Resoluciones 0239 y 0244, expedidas por este Ministerio y las demas normas que las modifiquen o adicionen.

Articulo 3° Vigencia

La presente resolucion rige a partir de la fecha de su publicacion.

Publiquese y cumplase.

Dada en Bogota, D. C., a 22 de octubre de 2009.

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Andres Dario...

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