Resolución número 149 de 2009, por la cual se aclaran las normas para la liquidación de los recursos de generación asociados a las exportaciones de electricidad por condiciones de seguridad del importador - 27 de Noviembre de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 71640320

Resolución número 149 de 2009, por la cual se aclaran las normas para la liquidación de los recursos de generación asociados a las exportaciones de electricidad por condiciones de seguridad del importador

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín47546

La Comision de Regulacion de Energia y Gas, en ejercicio de las atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los decretos 1524 y 2253 de 1994, y CONSIDERANDO QUE:

Segun la Ley 143 de 1994, articulo 4°, el Estado, en relacion con el servicio de electricidad, tendra como objetivos en el cumplimiento de sus funciones, los de abastecer la demanda de electricidad de la comunidad bajo criterios economicos y de viabilidad financiera, asegurando su cubrimiento en un marco de uso racional y eficiente de los diferentes recursos energeticos del pais;

asegurar una operacion eficiente, segura y confiable en las actividades del sector;

y mantener los niveles de calidad y seguridad establecidos. La Ley 143 de 1994, articulo 20, definio como objetivo fundamental de la Regulacion en el sector electrico, asegurar una adecuada prestacion del servicio mediante el aprovechamiento eficiente de los diferentes recursos energeticos, en beneficio del usuario en terminos de calidad, oportunidad y costo del servicio.

Para el cumplimiento del objetivo señalado, la Ley 143 de 1994, articulo 23, le atribuyo a la Comision de Regulacion de Energia y Gas, entre otras, las funciones de crear las condiciones para asegurar la disponibilidad de una oferta energetica eficiente capaz de abastecer la demanda bajo criterios sociales, economicos, ambientales y de viabilidad financiera, promover y preservar la competencia, para lo cual, la oferta eficiente, en el sector electrico, debe tener en cuenta la capacidad de generacion de respaldo;

valorar la capacidad de generacion de respaldo de la oferta eficiente;

definir y hacer operativos los criterios tecnicos de calidad, confiabilidad y seguridad del servicio de energia;

y determinar las condiciones para la liberacion gradual del mercado hacia la libre competencia.

De acuerdo con lo establecido en el literal c) del articulo 74.1 de la Ley 142 de 1994, le corresponde a la CREG establecer el Reglamento de Operacion, para regular el funcionamiento del Mercado Mayorista.

Mediante Resolucion 004 de 2003 la CREG definio la regulacion aplicable a las Transacciones Internacionales de Electricidad de Corto Plazo - TIE, de conformidad con las disposiciones de la Decision CAN 536. El Ministerio de Minas y Energia, mediante la Resolucion 18-1654 de 2009, la cual fue modificada por la Resolucion 18...

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