UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES Comisión de Regulación de Energía y Gas Resolución número 001 de 2010, por la cual se ordena hacer público un proyecto de resolución de carácter general, que pretende adoptar la CREG con el fin de modificar la Resolución CREG-137 de 2009. - 19 de Enero de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 74846486

UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES Comisión de Regulación de Energía y Gas Resolución número 001 de 2010, por la cual se ordena hacer público un proyecto de resolución de carácter general, que pretende adoptar la CREG con el fin de modificar la Resolución CREG-137 de 2009.

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín47597

de Energia y Gas RESOLUCION NUMERO 001 DE 2010 La Comision de Regulacion de Energia y Gas, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 2253 de 1994 y 2696 de 2004, CONSIDERANDO QUE:

En su Sesion 437 del 18 de enero de 2010, aprobo hacer publico el proyecto de resolucion "Por la cual se dictan normas transitorias sobre pruebas de disponibilidad de plantas o unidades de generacion". En el Documento CREG-001 de 2010 se encuentra el analisis de la propuesta para la presente resolucion.

RESUELVE:

Articulo 1° Hagase publico el proyecto de resolucion "Por la cual se modifica la Resolucion CREG-137 de 2009".
Articulo 2° Se invita a los agentes, a los usuarios, a las Autoridades Locales Municipales y Departamentales competentes y a la Superintendencia de Servicios Publicos Domiciliarios, para que remitan sus observaciones o sugerencias sobre la propuesta, a mas tardar el dia veinticinco (25) de enero de 2010.
Articulo 3° Informese en la pagina web la identificacion de la dependencia administrativa y de las personas a quienes se podra solicitar informacion sobre el proyecto y hacer llegar las observaciones, reparos o sugerencias.
Articulo 4° Informese de este proyecto a la Superintendencia de Industria y Comercio para los efectos previstos en el articulo 7° de la Ley 1340 de 2009.
Articulo 5° La presente resolucion no deroga ni modifica disposiciones vigentes por tratarse de un acto de tramite.

Publiquese y cumplase.

Dada en Bogota, D. C., a 18 de enero de 2010.

El Presidente, Hernan Martinez Torres...

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