MINISTERIO DE AMBIENTE VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL Resolución número 2101 2009, por la cual se definen actividades para proyectos del sector eléctrico que cuenten con Licencia Ambiental o Plan de Manejo Ambiental, las cuales no requieren del trámite de modificación. - 5 de Noviembre de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 69720460

MINISTERIO DE AMBIENTE VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL Resolución número 2101 2009, por la cual se definen actividades para proyectos del sector eléctrico que cuenten con Licencia Ambiental o Plan de Manejo Ambiental, las cuales no requieren del trámite de modificación.

EmisorMinisterio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial
Número de Boletín47524

de competencias ciudadanas.

Gustavo Anibal Giraldo Quinchia es requerido para comparecer a juicio por delitos fedeDichas acciones deberan contemplar, en el desarrollo de las competencias, la particirales de toma de rehenes (secuestro). La Embajada tiene el honor de informar al Ministerio pacion y la democracia, el respeto a la pluralidad y la valoracion de las diferencias y el que entre la fecha de las notas diplomaticas anteriormente mencionadas numero 2139 y nudesarrollo de habilidades para la convivencia pacifica. Las estrategias deben especificar los mero 2788, mediante las cuales se solicito la detencion provisional de Giraldo Quinchia para objetivos deseados, los recursos necesarios, los responsables, los indicadores de evaluacion propositos de extradicion, y la fecha de esta nota, la Acusacion numero 03-142 fue sustituida. del proceso para retroalimentarlo, los mecanismos de registro y los productos concretos La acusacion sustitutiva reformo el nombre del acusado asi: Carlos Marin Guarin, tambien para hacer visible los efectos de estas estrategias.

conocido como 'Pablo', tambien conocido como 'Gustavo Anibal Giraldo Quinchia'. De En el mismo sentido, el Ministerio de Educacion Nacional debera realizar talleres de conformidad, Gustavo Anibal Giraldo Quinchia es ahora el sujeto de la Acusacion Sustitutiva formacion docente en competencias ciudadanas a traves de programas que se orientan al numero 03 142 (JR), dictada el 5 de diciembre de 2008, en la Corte Distrital de los Estados desarrollo e implementacion de proyectos pedagogicos transversales en las instituciones Unidos para el Distrito de Columbia, mediante la cual se le acusa de: educativas para la construccion de ambientes democraticos a partir de la transformacion de practicas pedagogicas que promuevan la autonomia: Enseñanza para la comprension y -- Cargo Uno: Concierto para cometer el delito de toma de rehenes (secuestro), en violacion construccion de ciudadania;

cultura de la legalidad y habilidades para la vida, los cuales se del Titulo 18, Seccion 1203 del Codigo de los Estados Unidos;

articularan a otros programas de competencias ciudadanas que ya se esten desarrollando -- Cargo Dos: Toma de rehenes (secuestro), y ayuda y facilitacion de dicho delito, en en los establecimientos educativos.

violacion del Titulo 18, Secciones y (sic) 1203 y 2 del Codigo de los Estados Unidos;

y 3. "Prevencion del consumo de sustancias psicoactivas" a traves de las acciones desarro-- Cargo Tres: Uso de arma de fuego durante un delito de violencia, y ayuda y facilitacion lladas por el Ministerio de la Proteccion Social dentro del Plan de Prevencion del Consumo.

y causar la comision de un delito, en violacion del Titulo 18, Secciones 924 (c) y 2 del Codigo Simultaneamente se deben reforzar las actividades que debe realizar la Policia Nacional de los Estados Unidos.

1 en la Individualizacion, judicializacion y captura de los cabecillas de bandas y organizaciones dedicadas al reclutamiento y manipulacion de niños, niñas y adolescentes para la (...) Un nuevo auto de detencion contra Giraldo Quinchia por estos cargos fue dictado el 5 comision de actividades criminales.

de diciembre de 2008, por orden de la corte arriba mencionada. Dicho auto de detencion Al igual, la Policia Nacional debera fortalecer los servicios y programas de caracter permanece valido y ejecutable.

comunitario que permitan conocer los problemas y atender las necesidades de seguridad, (...) asi como aumentar los programas educativos de prevencion de alcohol, tabaco y drogas.

Acusacion numero 08-359 Los Ministros impartiran las orientaciones necesarias para que las entidades del respectivo sector den cumplimiento a lo previsto en la presente circular e informen de los Gustavo Anibal Giraldo Quinchia tambien es requerido para comparecer a juicio por resultados obtenidos, semestralmente o cuando les sea requerido por la Alta Consejeria delitos federales de toma de rehenes (secuestro), en la Corte Distrital de los Estados Unidos para la Competividad y las Regiones de la Presidencia de la Republica.

para el Distrito de Columbia. Es el sujeto de la acusacion arriba mencionada dictada el 4 de diciembre de 2008, mediante la cual se le acusa de: ALVARO URIBE VELEZ DIARIO OFICIAL DIARIO OFICIAL Libertad y Orden * I S S N 0122-2112 * I S S N 0122-2112 P P numero 1.069 numero 1.084 Ministerio del interior y de Justicia Presidencia de la rePublica -- Cargo Uno: Concierto para cometer el delito de toma de rehenes (secuestro), en violacion del Titulo 18, Seccion 1203 del Codigo de los Estados Unidos;

y -- Cargo Dos: Toma de rehenes (secuestro), y ayuda y facilitacion de dicho delito, en DECRETO NUMERO 0 4295 DE 2009 violacion del Titulo 18, Secciones y (sic) 1203 y 2 del Codigo de los Estados Unidos.bre de 2008, por orden de la corte arriba mencionada. Dicho auto de detencion permanece El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere valido y ejecutable.

el articulo 196 de la Constitucion Politica, y (...) CONSIDERANDO:

Todas las acciones adelantadas por el acusado en este caso fueron realizadas con posteQue el Presidente de la Republica se trasladara el dia 6 de noviembre del presente año a rioridad al 17 de diciembre de 1997...".

la Ciudad de Guadalajara (Mexico), con el fin de asistir a la XLVII Asamblea de los Juegos 4. Que de conformidad con lo dispuesto en el articulo 514 de la Ley 600 de 2000, el Panamericanos.

Ministerio de Relaciones Exteriores, a traves de la Oficina Asesora Juridica, mediante Oficio Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia esOAJ.E. 2662 del 26 de diciembre de 2008, conceptuo: tablecida en la ley, el Ministro del Interior y de Justicia, esta habilitado para ejercer las "... que por no existir Convenio aplicable al caso es procedente obrar de conformidad con funciones constitucionales y legales como Ministro Delegatario.

el ordenamiento procesal penal colombiano".

DECRETA:

5. Que el Ministerio del Interior y de Justicia, mediante Oficio OFI09-477 del 13 de enero Articulo 1°. Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la Republica, en razon de 2009, remitio a la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia la documentacion del viaje a que se refieren los considerandos del presente Decreto, deleganse en el Ministro traducida y autenticada, con la cual la Embajada de los Estados Unidos de America en nuestro del Interior y de Justicia, doctor Fabio Valencia Cossio, las funciones legales y las correspais, formalizo la solicitud de extradicion del ciudadano colombiano Gustavo Anibal Giraldo pondientes a las siguientes atribuciones constitucionales: Quinchia, para que fuera emitido el respectivo concepto.

6. Que la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia, mediante providencia 1. Articulos 129, 189, con excepcion de lo previsto en los numerales 1 y 2;

303, 304 y 314.

del 26 de agosto de 2009, conceptuo desfavorablemente a la solicitud de extradicion del 2. Articulo 150, numeral 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades extraorciudadano Gustavo Anibal Giraldo Quinchia.

dinarias concedidas al Presidente de la Republica.

En dicha providencia la honorable Corporacion manifesto: 3. Articulos 163, 165 y 166.

"5. Causas de improcedencia.

4. Articulos 200 y 201.

La Constitucion Nacional prohibe la extradicion en los siguientes casos, (i) cuando los 5. Articulos 213, 214 y 215.

hechos que motivan la solicitud sucedieron con anterioridad al 17 de diciembre de 1997, Articulo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedicion.

(ii) cuando el delito objeto de investigacion o juzgamiento es de naturaleza politica, y (iii) Publiquese y cumplase.

cuando el solicitado es natural colombiano y el delito que se le imputa ha sido cometido en territorio nacional.

Dado en Bogota, D. C., a 5 de noviembre de 2009.

(...) ALVARO URIBE VELEZ 5.2. Improcedencia por la naturaleza politica de los ilicitos.

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