Resolución número 3181 de 2009, por la cual se autoriza a la Universidad de Nariño para celebrar un empréstito interno con el Banco Davivienda S. A., redescontable ante la Financiera de Desarrollo Territorial S. A. - Findeter, hasta por la suma de cuatro mil ciento cuarenta millones de pesos ($4.140.000.000) moneda legal colombiana. - 17 de Noviembre de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 70636182

Resolución número 3181 de 2009, por la cual se autoriza a la Universidad de Nariño para celebrar un empréstito interno con el Banco Davivienda S. A., redescontable ante la Financiera de Desarrollo Territorial S. A. - Findeter, hasta por la suma de cuatro mil ciento cuarenta millones de pesos ($4.140.000.000) moneda legal colombiana.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín47536

El Ministro del Interior y de Justicia de la Republica de Colombia, Delegatario de funciones (noviembre 12) presidenciales conforme al Decreto numero 3542 del 16 de septiembre de 2009, en ejercicio por la cual se autoriza a la Universidad de Nariño para celebrar un emprestito interno de la facultad que le confiere el articulo 509 de la Ley 600 de 2000, y con el Banco Davivienda S. A., redescontable ante la Financiera de Desarrollo TerritoCONSIDERANDO:

rial S. A. - Findeter, hasta por la suma de cuatro mil ciento cuarenta millones de pesos ($4.140.000.000) moneda legal colombiana.

  1. Que mediante Notas Verbales numeros 2139 del 31 de julio de 2008 y 2788 del 30 de septiembre de 2008, el Gobierno de los Estados Unidos de America, a traves de su Embajada La Viceministra Tecnica del Ministerio de Hacienda y Credito Publico encargada en Colombia, solicito la detencion provisional con fines de extradicion del ciudadano colom de las funciones del despacho del Ministro de Hacienda y Credito Publico, en uso de biano Carlos Marin Guarin, conocido como "Pablo", "Comandante Pablo" y como "Gustavo sus facultades legales y en especial de las que le confiere el articulo 7° de la Ley 781 de Anibal Giraldo Quinchia", requerido para comparecer a juicio por delitos federales de toma 2002 y el articulo 11 del Decreto 2681 de 1993, y de rehenes (secuestro).

    CONSIDERANDO:

    Esa mision diplomatica mediante Nota Verbal numero 3005 del 21 de octubre de 2008, Que mediante oficio del 6 de noviembre de 2009, de la Universidad de Nariño, se da aclaro que el nombre correcto del ciudadano requerido es Gustavo Anibal Giraldo Quinchia.

    alcance a los oficios de fechas 19 de enero y 25 de junio de 2009, solicitando al Ministerio 2. Que el Fiscal General de la Nacion, mediante resolucion del 28 de octubre de 2008, de Hacienda y Credito Publico autorizacion para celebrar un emprestito interno con redesdecreto la captura con fines de extradicion del ciudadano Gustavo Anibal Giraldo Quinchia, cuento de la Financiera de Desarrollo Territorial S. A. - Findeter, por la suma de cuatro mil identificado con la cedula de ciudadania numero 79666725, decision que le fue notificada el 31 ciento cuarenta millones de pesos ($4.140.000.000) moneda legal colombiana, los cuales de octubre de 2008, en el establecimiento carcelario donde se encontraba previamente detenido.

    se destinaran a financiar el proyecto de Desarrollo de la Infraestructura Fisica y tecnologica autorizada por el Consejo Superior dentro del cual se encuentra el proyecto "Construccion 3. Que el Gobierno de los Estados Unidos de America, a traves de su Embajada en nuestro de un bloque de aulas y dotacion de equipos para la unidad de laboratorios e informatica";

    pais, mediante Nota Verbal numero 3468 del 23 de diciembre de 2008, formalizo la solicitud Que el articulo 7° de la Ley 781 de 2002 dispone, entre otros aspectos, que la gestion y de extradicion del ciudadano colombiano Gustavo Anibal Giraldo Quinchia.

    celebracion de los actos y contratos de que trata el Decreto 2681 de 1993 y demas normas En la mencionada Nota informa: concordantes por parte de los entes universitarios autonomos se sujetaran a la normatividad "Como se manifesto en las notas diplomaticas de esta Embajada numero 2139 y numero aplicable a las entidades descentralizadas del orden nacional;

    2788, arriba mencionadas, Gustavo Anibal Giraldo Quinchia es el sujeto de una acusacion Que el articulo 11 del Decreto 2681 de 1993, dispone que la celebracion de contratos dictada en el Distrito de Columbia. La Embajada ahora tiene el honor de informar al Minisde emprestito interno por las entidades descentralizadas del orden nacional, requerira auterio que Gustavo Anibal Giraldo Quinchia...

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