Resolución número 03335 de 2009, por medio de la cual se otorga licencia de funcionapara miento a la Fundación Centro de Investigación Mnemática - 23 de Enero de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 75183592

Resolución número 03335 de 2009, por medio de la cual se otorga licencia de funcionapara miento a la Fundación Centro de Investigación Mnemática

EmisorEstablecimientos Públicos
Número de Boletín47601
Vea Indice de Licitaciones en la última página
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DIARIO OFICIAL
El
L I C I T A C I O N E S
INCLUYE DIARIO UNICO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA NÚMERO 1.125
INCLUYE DIARIO UNICO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA NÚMERO 806
DIARIO OFICIAL
Fundado el 30 de abril de 1864
Año CXLIV No. 47.601 Edición de 8 páginas ̋" Bogotá, D. C., sábado 23 de enero de 2010 ̋" " " " " """"I S S N 0122-2112
NORMATIVIDAD
Y CULTURA
IMPRENTA
NACIONAL
D E C O L O M B I A
www.imprenta.gov.co
República de Colombia
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FICIAL
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Libertad y Orden
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Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Regional Caldas
RESOLUCIONES
RESOLUCION NUMERO 03335 DE 2009
(diciembre 9)
por medio de la cual se otorga licencia de funcionamiento a la Fundación
Centro de Investigación Mnemática
La Directora de la Regional Caldas del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, en uso de
sus facultades legales y estatutarias, especialmente las consagradas en Ley 7ª de 1979 y artículos
116 y siguientes de su Decreto Reglamentario 2388 del mismo año, en concordancia con las
Resoluciones números 255 del 19 de febrero de 1988 y 000614 de abril 12 de 1988,
CONSIDERANDO:
Que la Fundación Centro de Investigación Mnemática, con domicilio en el municipio de
Manizales, departamento de Caldas, presentó a la Dirección Regional del Instituto Colombiano
de Bienestar Familiar, solicitud para Otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento para la
Fundación Centro de Investigación Mnemática.
Que la Fundación Centro de Investigación Mnemática, es una entidad de carácter privado,
sin ánimo de lucro, y de conformidad con la Ley 7ª de 1979, se encuentra vinculada al Sistema
Nacional de Bienestar Familiar, por lo tanto, se sujeta a las Normas y Lineamientos que expide
el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para regular la Prestación del Servicio Público
de Bienestar Familiar.
Que el 29 de noviembre de 2009, la Coordinadora del Grupo de Asistencia Técnica del
ICBF Regional Caldas conceptuó, de acuerdo con los resultados del informe presentado por la
Profesional Especializada del Grupo de Asistencia Técnica, otorgar a la Fundación Centro de
Investigación Mnemática, la Licencia de Funcionamiento por un término de dos (2) años, como
Institución de Atención Integral a los y las adolescentes ubicados en las siguientes Modalidades
de Atención Internado Adoptabilidad-Vulnerabilidad, Internado Gestantes y Lactantes; Internado
Consumidoras de SPA; en las Modalidades de Atención Seminternado e Intervención de Apoyo,
se les otorga licencia de funcionamiento provisional por un tiempo de seis (6) meses, hasta que la
Institución ubique un espacio locativo apropiado para el funcionamiento de dichas Modalidades.
Que la Fundación Centro de Investigación Mnemática ha cumplido todos los requisitos seña-
lados para el efecto, por la Resolución número 614 del 12 de abril de 1988, emanada del ICBF.
En razón a lo anteriormente expuesto, la Dirección Regional ICBF Caldas,
RESUELVE:
Artículo 1°. Renovar Licencia de Funcionamiento a la Fundación Centro de Investigación
Mnemática del municipio de Manizales (Caldas).
Artículo 2°. La Licencia de Funcionamiento que se renueva a través de esta resolución, ten-
drá una vigencia de dos (2) años como Institución de Atención Integral a los y las Adolescentes
ubicados en las siguientes Modalidades de Atención Internado Adoptabilidad - Vulnerabilidad,
Internado Gestantes y Lactantes; Internado Consumidoras de SPA; contados a partir de la fecha
de expedición del presente acto administrativo, al cabo de los cuales deberán solicitar por escri-
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treinta (30) días antes del vencimiento de la misma, ante la Dirección ICBF Regional Caldas.
En las Modalidades de Atención Seminternado e Intervención de Apoyo, se les otorga licencia
de funcionamiento provisional por un tiempo de seis (6) meses, hasta que la Institución ubique
un espacio locativo apropiado para el funcionamiento de dichas Modalidades. La presente
Licencia de Funcionamiento no autoriza a la Entidad para celebrar actividades diferentes a las
contenidas en los Estatutos y en las normas que regulan la Prestación del Servicio Público de
Bienestar Familiar.
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calidad de Representante Legal de la Institución Fundación Centro de Investigación Mnemática
domiciliada en el municipio de Manizales (Caldas).
Artículo 4°. De conformidad con las tarifas establecidas por el Fkctkq"QÝekcn para la vi-
gencia 2009, la Institución debe cancelar el valor de doscientos veinte siete mil pesos moneda
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la publicación en el Fkctkq"QÝekcn.
Artículo 5°. Contra la presente providencia proceden los recursos de ley, contemplados en
el Código Contencioso Administrativo, los cuales deberán interponerse ante la Directora del
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hábiles siguientes a la misma.
Notifíquese y cúmplase.
Dada en Manizales, 9 de diciembre de 2009.
La Directora ICBF Regional Caldas,
Francia Helena López López.
Imprenta Nacional de Colombia. Recibo Banco Agrario de Colombia 0410068. 16-XII-2009.
Valor $227.000.
CORPORACIONES AUTÓNOMAS REGIONALES
Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur
de la Amazonia
RESOLUCIONES
RESOLUCION NUMERO 0873 DE 1998
(diciembre 14)
por medio de la cual se otorga al señor Martiniano Cubillos, concesión de agua de la quebrada
Santa Rosa en cantidad de 1,1 l/seg, para uso doméstico y el abastecimiento de un estanque
piscícola y permiso de vertimientos líquidos derivados de esos usos, en la vereda Santa Rosa,
municipio de Belén de los Andaquíes, departamento del Caquetá por el término de 10 años.
La Directora General encargada de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de
la Amazonia, Corpoamazonia, en uso de sus atribuciones legales conferidas por el Acuerdo del
Consejo Directivo de la Corporación número 05 del 21 de julio de 1998, Ley 99 de 1993, artículo
31 numerales 2, 12 y 13, Decreto 2811 de 1974, artículos 62 y 88 y 92, Decreto 1541 de 1978,
artículos 54 al 67 y del 220 al 224, Resolución de Corpoamazonia número 0966 de 1997, Ley
344 de 1996 artículo 28, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con la Ley 99 de 1993, artículo 31, numeral 12 y artículo 35, Corpoamazonia
es la máxima autoridad ambiental en el sur de la amazonia colombiana y según el numeral 12 del
mismo artículo le corresponde ejercer la función de evaluación, control y seguimiento ambiental
de los usos del agua, del suelo, el aire y los demás recursos naturales renovables que comprenda
vertimientos, emisiones o incorporación de sustancias o residuos líquidos, sólidos y gaseosos, a
las aguas en cualquiera de sus formas, al aire o al suelo.
Que el 8 de agosto de 1997, el señor Martiniano Cubillos, solicita ante Corpoamazonia, Re-
gional Caquetá Concesión de Aguas de la quebrada Santa Rosa, para uso doméstico y piscícola
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Que el día 27 de mayo de 1998, mediante Auto número 065, la Dirección Regional Caquetá
de Corpoamazonia, avoca dicho trámite.
Que a continuación se exponen los principales aspectos del proyecto:
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del municipio de Belén de los Andaquiés a margen izquierda del río Zarabando a 300 msnm.
La quebrada Santa Rosa nace en la cordillera a una altura aproximada de los 600 msnm y es
tributaria del río Zarabando.
ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

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