Resolución número 003942 de 2009, por medio de la cual se reglamenta el mecanismo para la selección de los representantes al Consejo Nacional de Discapacidad señalados en los literales d) y e) del artículo 10 de la Ley 1145 de 2007. - 23 de Octubre de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 68965195

Resolución número 003942 de 2009, por medio de la cual se reglamenta el mecanismo para la selección de los representantes al Consejo Nacional de Discapacidad señalados en los literales d) y e) del artículo 10 de la Ley 1145 de 2007.

EmisorMinisterio de Protección Social
Número de Boletín47511

El Ministro de la Proteccion Social, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por los paragrafos 1° y 4° del articulo 10 de la Ley 1145 de 2007, RESUELVE:

Articulo 1° Objeto

El objeto de la presente resolucion es establecer los mecanismos de seleccion de los miembros del Consejo Nacional de Discapacidad - CND, de que tratan los literales d) y e) del articulo 10 de la Ley 1145 de 2007.

Articulo 2° Postulaciones

Los candidatos para la seleccion de los representantes de las organizaciones sin animo de lucro que agrupen personas con discapacidad fisica, visual, auditiva, mental, multiple y padres de familia de personas con discapacidad cognitiva y el representante de las personas juridicas cuya capacidad de actuacion gire en torno a la atencion de personas con discapacidad, de que tratan los literales d) y e) del articulo 10 de cion la Ley 1145 de 2007 respectivamente, seran postulados por los representantes legales de dichas organizaciones.

Paragrafo. Los candidatos no podran ser postulados como representantes de mas de un sector de la discapacidad y solo se admitira la postulacion de un (1) candidato por cada organizacion.

Articulo 3° Requisitos de las organizaciones de la sociedad civil de la discapacidad que postulan candidatos

Las organizaciones interesadas en realizar postulaciones de candidatos deben cumplir, de acuerdo a su naturaleza juridica, los requisitos que se señalan a continuacion: 1. Para las organizaciones sin animo de lucro de la sociedad civil de la discapacidad que postulen los candidatos para la seleccion de los miembros señalados en el literal d) del articulo 10 de la Ley 1145 de 2007: a) Estar legalmente constituidas.

  1. Tener representatividad nacional.

    1. Para las personas juridicas cuya capacidad de actuacion gire en torno a la atencion de las personas con discapacidad que postulen sus candidatos para la seleccion del miembro señalado en el literal e) del articulo 10 de la Ley 1145 de 2007: y a) Estar legalmente constituidas.

  2. Cumplir con los estandares minimos de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR