Resolución número 73-000-042-2009, por la cual se ordena la actualización de la formación catastral urbana del municipio de Ibagué
Emisor | Establecimientos Públicos |
Número de Boletín | 47570 |
49
Edición 47.570
Lunes 21 de diciembre de 2009 DIARIO OFICIAL
Artículo 2°. LwuvkÝecek„p: El Fondo genera excedentes de liquidez de recursos propios
que deben ser invertidos conforme a las disposiciones legales que rigen para esta clase de
recursos.
Artículo 3°. Objetivo del Comité. Evaluar y aprobar las políticas y reglas de actuación
que deberá seguir la Entidad en el desarrollo de las actividades de tesorería, bajo los prin-
cipios de seguridad, liquidez y rentabilidad.
Artículo 4°. Integración del Comité: El Comité de Inversiones estará integrado por los
siguientes funcionarios como miembros permanentes:
El Subdirector Financiero, quien lo presidirá.
El Secretario General.
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El Coordinador del Grupo de Trabajo de Tesorería.
El Coordinador del Grupo de Trabajo de Control Interno o quien haga sus veces.
Parágrafo 1°. El Coordinador del Grupo de Trabajo de Tesorería desarrollará las funciones
del Secretario del Comité y podrá deliberar en el Comité con voz pero sin voto.
Parágrafo 2°. El Coordinador del Grupo de Trabajo de Control Interno o quien haga sus
veces, hará parte del Comité quien podrá deliberar con voz pero sin voto.
Artículo 5°. Serán Funciones del Comité, las siguientes:
1. Coordinar la política general del Comité
2. Aprobar las condiciones de inversión y desinversión de los títulos.
3. Aprobar los montos máximos de inversión y sus plazos, y velar por su cumplimiento.
4. Analizar los informes que se presenten sobre la gestión de las inversiones, incluyendo
los elaborados por los auditores internos y externos.
5. Promover y velar por que el manejo de los recursos de la Entidad se haga bajo los cri-
terios de responsabilidad, solidez y seguridad, y de acuerdo con las condiciones de mercado.
6. Promover y velar por la adecuada conducta que debe observar el personal vinculado
en el desarrollo de las actividades de tesorería.
7. Ejercer el seguimiento y control a las decisiones adoptadas por el Comité de Inversiones.
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de Inversiones, Constitución de Inversiones y Cancelación de Inversiones.
9. Presentar un informe Trimestral al Director de la Entidad.
10. Las demás que se requieran en desarrollo y para el cumplimiento del objetivo del
Comité de Inversiones.
Artículo 6°. Funciones del secretario técnico:
El Coordinador del Grupo Interno de Trabajo de Tesorería actuará como Secretario del
Comité y tendrá, entre otras, las siguientes funciones:
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2. Proponer el orden del día. Preparar el orden del día de las sesiones del comité y efectuar
la convocatoria de las reuniones, de acuerdo con las instrucciones del presidente del Comité.
3. Coordinar con los integrantes del comité, los informes a presentar y los temas a
incluir en el orden del día.
4. Elaborar y dar lectura de las actas de las sesiones del Comité y presentarlas para la
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5. Llevar el archivo de actas y de la documentación soporte y velar por su custodia y
conservación.
6. Comunicar las decisiones del Comité y coordinar el seguimiento a los compromisos,
gestiones, y decisiones adoptadas al interior del mismo.
7. Las demás que le asigne el Presidente del Comité.
Artículo 7°. Sesiones del Comité. El Comité de Inversiones se reunirá de manera or-
dinaria una vez al trimestre en la semana subsiguiente a cada uno de estos y de manera
extraordinaria cuando sea convocado por su Presidente, por medio del Secretario Técnico
del Comité. De cada reunión se elaborará un acta que será suscrita por el Presidente y el
Secretario del Comité.
Artículo 8°. Quórum. El Comité de Inversiones sesionará con mínimo tres (3) de sus
integrantes investidos con voz y voto. Las decisiones del Comité requerirán de la mayoría
simple para ser aprobadas.
Artículo 9°. Xkigpekc"{"fgtqicvqtkc. La presente resolución rige a partir de la fecha de
expedición y deroga las normas que le sean contrarias.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
El Director General,
Pedro Pablo Cadena Farfán.
Imprenta Nacional de Colombia. Recibo 20904217. 17-XII-2009. Valor $227.000.
Instituto Geográfico “Agustín Codazzi”
Territorial Tolima
RESOLUCIONES
RESOLUCION NUMERO 73-000-027-2009
(abril 6)
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uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en la Resolución número 2555 de
septiembre 28 de 1988, emanadas de la Dirección General,
CONSIDERANDO:
Que las autoridades catastrales tienen a su cargo las labores de formación y actualiza-
ek„p"fg"nc"hqtocek„p"fg"nqu"ecvcuvtqu."vgpfkgpvgu"c"nc"eqttgevc"kfgpvkÝecek„p"hísica, jurídica,
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Que se acordó con las autoridades municipales de Mariquita la realización de la actua-
lización catastral de las zonas urbana y rural de dicho municipio.
Que en mérito de lo anterior,
RESUELVE:
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quita, en sus zonas urbana y rural, conforme a las disposiciones legales vigentes establecidas
por la Ley 14 de 1983 y su Decreto Reglamentario 3496 de diciembre 16 de 1983, así como
la Resolución Orgánica 2555 de fecha septiembre 28 de 1988.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Ibagué, a 6 de abril de 2009.
El Director Territorial Tolima,
Cndgktq"Vtwlknnq"Ecuvtq0
Imprenta Nacional de Colombia. Recibo Davivienda 0552110. 14-XII-2009. Valor
$227.000.
RESOLUCION NUMERO 73-000-028-2009
(abril 6)
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uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en la Resolución número 2555 de
septiembre 28 de 1988, emanadas de la Dirección General,
CONSIDERANDO:
Que las autoridades catastrales tienen a su cargo las labores de formación y actualiza-
ek„p"fg"nc"hqtocek„p"fg"nqu"ecvcuvtqu."vgpfkgpvgu"c"nc"eqttgevc"kfgpvkÝecek„p"hukec."lwtfkec."
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Que se acordó con las autoridades municipales de Melgar la realización de la actuali-
zación catastral de las zonas urbana y rural de dicho municipio.
Que en mérito de lo anterior,
RESUELVE:
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en sus zonas urbana y rural, conforme a las disposiciones legales vigentes establecidas por
la Ley 14 de 1983 y su Decreto Reglamentario 3496 de diciembre 16 de 1983, así como la
Resolución Orgánica 2555 de fecha septiembre 28 de 1988.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Ibagué, a 6 de abril de 2009.
El Director Territorial Tolima,
Cndgktq"Vtwlknnq"Ecuvtq0
Imprenta Nacional de Colombia. Recibo Davivienda 0552110. 14-XII-2009. Valor
$227.000.
RESOLUCION NUMERO 73-000-042-2009
(junio 12)
por la cual se ordena la actualización de la formación catastral urbana
del municipio de Ibagué.
Gn"Fktgevqt" fg" nc" Vgttkvqtkcn" Vqnkoc"fgn" Kpuvkvwvq" IgqitƒÝeq" ÐCiwuvp" Eqfc¦¦kÑ." gp"
uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en la Resolución 2555 de 1988,
emanadas de la Dirección General,
CONSIDERANDO:
Que las autoridades catastrales tienen a su cargo las labores de formación y actualiza-
ek„p"fg"nc"hqtocek„p"fg"nqu"ecvcuvtqu."vgpfkgpvgu"c"nc"eqttgevc"kfgpvkÝecek„p"hukec."lwtfkec."
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Que se acordó con las autoridades de la ciudad de Ibagué, la realización de la actuali-
zación de la formación catastral de la zona urbana de dicho municipio.
ARANCEL DE ADUANAS
(Decreto 4341 de diciembre 22 de 2004)
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{"Fkxwnicek„p"fg"nc"Kortgpvc"Pcekqpcn"fg"Eqnqodkc
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