Resolución número 73-000-042-2009, por la cual se ordena la actualización de la formación catastral urbana del municipio de Ibagué - 21 de Diciembre de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 73766189

Resolución número 73-000-042-2009, por la cual se ordena la actualización de la formación catastral urbana del municipio de Ibagué

EmisorEstablecimientos Públicos
Número de Boletín47570
49
Edición 47.570
Lunes 21 de diciembre de 2009 DIARIO OFICIAL
Artículo 2°. LwuvkÝecek„p: El Fondo genera excedentes de liquidez de recursos propios
que deben ser invertidos conforme a las disposiciones legales que rigen para esta clase de
recursos.
Artículo 3°. Objetivo del Comité. Evaluar y aprobar las políticas y reglas de actuación
que deberá seguir la Entidad en el desarrollo de las actividades de tesorería, bajo los prin-
cipios de seguridad, liquidez y rentabilidad.
Artículo 4°. Integración del Comité: El Comité de Inversiones estará integrado por los
siguientes funcionarios como miembros permanentes:
El Subdirector Financiero, quien lo presidirá.
El Secretario General.
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El Coordinador del Grupo de Trabajo de Tesorería.
El Coordinador del Grupo de Trabajo de Control Interno o quien haga sus veces.
Parágrafo 1°. El Coordinador del Grupo de Trabajo de Tesorería desarrollará las funciones
del Secretario del Comité y podrá deliberar en el Comité con voz pero sin voto.
Parágrafo 2°. El Coordinador del Grupo de Trabajo de Control Interno o quien haga sus
veces, hará parte del Comité quien podrá deliberar con voz pero sin voto.
Artículo 5°. Serán Funciones del Comité, las siguientes:
1. Coordinar la política general del Comité
2. Aprobar las condiciones de inversión y desinversión de los títulos.
3. Aprobar los montos máximos de inversión y sus plazos, y velar por su cumplimiento.
4. Analizar los informes que se presenten sobre la gestión de las inversiones, incluyendo
los elaborados por los auditores internos y externos.
5. Promover y velar por que el manejo de los recursos de la Entidad se haga bajo los cri-
terios de responsabilidad, solidez y seguridad, y de acuerdo con las condiciones de mercado.
6. Promover y velar por la adecuada conducta que debe observar el personal vinculado
en el desarrollo de las actividades de tesorería.
7. Ejercer el seguimiento y control a las decisiones adoptadas por el Comité de Inversiones.
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de Inversiones, Constitución de Inversiones y Cancelación de Inversiones.
9. Presentar un informe Trimestral al Director de la Entidad.
10. Las demás que se requieran en desarrollo y para el cumplimiento del objetivo del
Comité de Inversiones.
Artículo 6°. Funciones del secretario técnico:
El Coordinador del Grupo Interno de Trabajo de Tesorería actuará como Secretario del
Comité y tendrá, entre otras, las siguientes funciones:
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2. Proponer el orden del día. Preparar el orden del día de las sesiones del comité y efectuar
la convocatoria de las reuniones, de acuerdo con las instrucciones del presidente del Comité.
3. Coordinar con los integrantes del comité, los informes a presentar y los temas a
incluir en el orden del día.
4. Elaborar y dar lectura de las actas de las sesiones del Comité y presentarlas para la
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5. Llevar el archivo de actas y de la documentación soporte y velar por su custodia y
conservación.
6. Comunicar las decisiones del Comité y coordinar el seguimiento a los compromisos,
gestiones, y decisiones adoptadas al interior del mismo.
7. Las demás que le asigne el Presidente del Comité.
Artículo 7°. Sesiones del Comité. El Comité de Inversiones se reunirá de manera or-
dinaria una vez al trimestre en la semana subsiguiente a cada uno de estos y de manera
extraordinaria cuando sea convocado por su Presidente, por medio del Secretario Técnico
del Comité. De cada reunión se elaborará un acta que será suscrita por el Presidente y el
Secretario del Comité.
Artículo 8°. Quórum. El Comité de Inversiones sesionará con mínimo tres (3) de sus
integrantes investidos con voz y voto. Las decisiones del Comité requerirán de la mayoría
simple para ser aprobadas.
Artículo 9°. Xkigpekc"{"fgtqicvqtkc. La presente resolución rige a partir de la fecha de
expedición y deroga las normas que le sean contrarias.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
El Director General,
Pedro Pablo Cadena Farfán.
Imprenta Nacional de Colombia. Recibo 20904217. 17-XII-2009. Valor $227.000.
Instituto Geográfico “Agustín Codazzi”
Territorial Tolima
RESOLUCIONES
RESOLUCION NUMERO 73-000-027-2009
(abril 6)
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uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en la Resolución número 2555 de
septiembre 28 de 1988, emanadas de la Dirección General,
CONSIDERANDO:
Que las autoridades catastrales tienen a su cargo las labores de formación y actualiza-
ek„p"fg"nc"hqtocek„p"fg"nqu"ecvcuvtqu."vgpfkgpvgu"c"nc"eqttgevc"kfgpvkÝecek„p"hísica, jurídica,
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Que se acordó con las autoridades municipales de Mariquita la realización de la actua-
lización catastral de las zonas urbana y rural de dicho municipio.
Que en mérito de lo anterior,
RESUELVE:
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quita, en sus zonas urbana y rural, conforme a las disposiciones legales vigentes establecidas
por la Ley 14 de 1983 y su Decreto Reglamentario 3496 de diciembre 16 de 1983, así como
la Resolución Orgánica 2555 de fecha septiembre 28 de 1988.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Ibagué, a 6 de abril de 2009.
El Director Territorial Tolima,
Cndgktq"Vtwlknnq"Ecuvtq0
Imprenta Nacional de Colombia. Recibo Davivienda 0552110. 14-XII-2009. Valor
$227.000.
RESOLUCION NUMERO 73-000-028-2009
(abril 6)
rqt"nc"ewcn"ug"qtfgpc"nc"cevwcnk¦cek„p"fgn"ecvcuvtq"lwtfkeq"Ýuecn"
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uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en la Resolución número 2555 de
septiembre 28 de 1988, emanadas de la Dirección General,
CONSIDERANDO:
Que las autoridades catastrales tienen a su cargo las labores de formación y actualiza-
ek„p"fg"nc"hqtocek„p"fg"nqu"ecvcuvtqu."vgpfkgpvgu"c"nc"eqttgevc"kfgpvkÝecek„p"hukec."lwtfkec."
Ýuecn"{"geqp„okec"fg"nqu"kpowgdngu"cn"vgpqt"fg"nqu"ctvewnqu"5̇"{"7̇"fg"nc"Ng{"36"fg"3;:50"
Que se acordó con las autoridades municipales de Melgar la realización de la actuali-
zación catastral de las zonas urbana y rural de dicho municipio.
Que en mérito de lo anterior,
RESUELVE:
Artíewnq"3̇0"Qtfgpct"nc"cevwcnk¦cek„p"fgn"ecvcuvtq"lwtfkeq"Ýuecn"fgn"owpkekrkq"fg"Ognict."
en sus zonas urbana y rural, conforme a las disposiciones legales vigentes establecidas por
la Ley 14 de 1983 y su Decreto Reglamentario 3496 de diciembre 16 de 1983, así como la
Resolución Orgánica 2555 de fecha septiembre 28 de 1988.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Ibagué, a 6 de abril de 2009.
El Director Territorial Tolima,
Cndgktq"Vtwlknnq"Ecuvtq0
Imprenta Nacional de Colombia. Recibo Davivienda 0552110. 14-XII-2009. Valor
$227.000.
RESOLUCION NUMERO 73-000-042-2009
(junio 12)
por la cual se ordena la actualización de la formación catastral urbana
del municipio de Ibagué.
Gn"Fktgevqt" fg" nc" Vgttkvqtkcn" Vqnkoc"fgn" Kpuvkvwvq" IgqitƒÝeq" ÐCiwuvp" Eqfc¦¦kÑ." gp"
uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en la Resolución 2555 de 1988,
emanadas de la Dirección General,
CONSIDERANDO:
Que las autoridades catastrales tienen a su cargo las labores de formación y actualiza-
ek„p"fg"nc"hqtocek„p"fg"nqu"ecvcuvtqu."vgpfkgpvgu"c"nc"eqttgevc"kfgpvkÝecek„p"hukec."lwtfkec."
geqp„okec"{"Ýuecn."fg"nqu"kpowgdngu"cn"vgpqt"fg"nqu"ctvewnqu"5̇"{"7̇"fg"nc"Ng{"36"fg"3;:50
Que se acordó con las autoridades de la ciudad de Ibagué, la realización de la actuali-
zación de la formación catastral de la zona urbana de dicho municipio.
ARANCEL DE ADUANAS
(Decreto 4341 de diciembre 22 de 2004)
Ug"gpewgpvtc"fkurqpkdng"rctc"nc"Xgpvc"gp"ncu"QÝekpcu"fg"Rtqoqek„p"
{"Fkxwnicek„p"fg"nc"Kortgpvc"Pcekqpcn"fg"Eqnqodkc

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