Resolución número 3259 de 2009, por la cual se procede a hacer uso de la Modalidad de Selección de Contratación Directa. - 18 de Enero de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 74740073

Resolución número 3259 de 2009, por la cual se procede a hacer uso de la Modalidad de Selección de Contratación Directa.

EmisorEstablecimientos Públicos
Número de Boletín47596

El Director General del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, especialmente las que le confiere la Ley 1150 de 2007, el articulo 77 del Decreto 2474 de 2008, y CONSIDERANDO:

Primero. Que mediante el Decreto numero 1591 de 18 de julio de 1989 se creo el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia y se dictan normas para su organizacion y funcionamiento. Segundo. Que en su articulo cuarto del Decreto numero 1591 de 18 de julio de 1989 establece taxativamente: "Los servicios que le corresponda atender al Fondo deberan prestarse a traves de contratos celebrados con terceros. En consecuencia, la planta de personal que adopte sera la estrictamente necesaria para el cumplimiento de sus funciones administrativas y las derivadas del proceso de contratacion." Tercero. Que mediante oficio CAC - numero 14127 de fecha 12 de noviembre de 2009, la doctora Maritza Helena Salinas R., en su calidad de Profesional de Afiliaciones y Compensaciones requiere el apoyo de un profesional en Afiliaciones y Compensaciones, para realizar las siguientes actividades durante el periodo 17 de noviembre hasta 31 de diciembre de 2009: 1. Legalizacion de cotizaciones giradas como registros glosados y saldos no compensados, con el fin de cobrar la UPC, Provision de incapacidades y Promocion y Prevencion de los afiliados. 2. Consolidar los registros sobre auditorias realizadas por el Consorcio Fiduciario en el Historico de afiliados compensados para proyectar el reintegro de recursos al Consorcio Fiduciario por concepto de UPC, provision de incapacidades, promocion y prevencion de los afiliados. 3. Verificar el resultado de la validacion de los procesos de compensacion si los afiliados fueron aprobados, si no fueron aprobados verificar en la pagina web del Fosyga que hayan sido efectivamente aprobados para otra EPS y continuar con el procedimiento. Cuarto. Que la Direccion General considera viable la contratacion del servicio solicitado y emite visto bueno al mismo, lo anterior de conformidad con lo establecido en el articulo 2° numeral 4, literal h) de la Ley 1150/2007, el articulo 82 del Decreto 2474 de 2008 y demas disposiciones concordantes y complementarias. Quinto. Que en virtud de la normatividad mencionada se solicito...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR