Resolución número 3262 de 2009, por la cual se procede a hacer uso de la Modalidad de Selección de Contratación Directa. - 18 de Enero de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 74740077

Resolución número 3262 de 2009, por la cual se procede a hacer uso de la Modalidad de Selección de Contratación Directa.

EmisorEstablecimientos Públicos
Número de Boletín47596

Tercero. Que mediante oficio de fecha 13 de noviembre de 2009, la doctora Ligia Ibeth Barrera Paez, en su calidad de Jefe de Oficina Asesora Juridica, requiere seguir contando con el profesional en derecho idoneo para presentar apoyo en la gestion de cobro coactivo que adelanto el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, para lo cual debera desarrollar entre otras las siguientes actividades: 1. Radicar las excepciones presentadas por las entidades ejecutadas dentro de los procesos de cobro coactivo adelantados.

  1. Sustanciar autos que resuelven las excepciones dentro de los procesos de cobro coactivo adelantados. 3. Sustanciar autos que ordenan la terminacion dentro de los procesos de cobro coactivo adelantados. 4. Sustanciar autos de apertura a etapa probatoria dentro de los procesos de cobro coactivo adelantados.

Cuarto. Que la Direccion General considera viable la contratacion del servicio solicitado y emite visto bueno al mismo, lo anterior de conformidad con lo establecido en el articulo 2°, numeral 4, literal h) de la Ley 1150 de 2007, el articulo 82 del Decreto 2474 de 2008 y demas disposiciones concordantes y complementarias. 16 Quinto. Que en virtud de la normatividad mencionada se solicito la propuesta al doctor Freddy Augusto Arias Bernal, quien presenta la propuesta ajustada a la necesidad, lo anterior teniendo en cuenta que el referido profesional posee la cualificacion profesional y experticia en el tema de cobro coactivo de Cuotas Partes Pensionales. Sexto. Que el Fondo considera viable la Propuesta presentada por el doctor Freddy Augusto Arias Bernal, identificado con la cedula de ciudadania numero 79912630 de Bogota, D. C. (Cundinamarca), con Tarjeta Profesional numero 144176 del Consejo Superior de la Judicatura, y se procedera a realizar la contratacion en cumplimiento del articulo 2° numeral 4 literal h) de la Ley 1150 de 2007, articulo 82 del Decreto 2474 de 2008 y demas disposiciones concordantes. Septimo. Que de conformidad con lo establecido en el articulo 77 paragrafo 2° del Decreto 2474 de 2008, reglamentario de la Ley 1150 de 2007, taxativamente nos indica lo siguiente:(...) Paragrafo 2°. En tratandose de los contratos a los que se refiere el articulo 82 del presente decreto no sera necesario el acto administrativo a que se refiere el...

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