Resolución número 152 de 2009, por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución de Gas Natural por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de Gas Natural por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por el municipio de La Calera en el Departamento de Cundinamarca. - 13 de Enero de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 74649360

Resolución número 152 de 2009, por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución de Gas Natural por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de Gas Natural por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por el municipio de La Calera en el Departamento de Cundinamarca.

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín47591

(diciembre 1°) por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribucion por uso del Sistema de Distribucion de Gas Natural por red y el Cargo Maximo Base de Comercializacion de Gas Natural por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por el municipio de La Calera en el Departamento de Cundinamarca.

La Comision de Regulacion de Energia y Gas, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 142 de 1994 y los Decretos 1524 y 2253 de 1994 y CONSIDERANDO QUE:

El articulo 14.28 de la Ley 142 de 1994, definio el servicio publico domiciliario de gas combustible como el conjunto de actividades ordenadas a la distribucion de gas combustible y establecio la actividad de comercializacion como complementaria del servicio publico domiciliario de gas combustible.

Segun lo dispuesto por el articulo 28 de la Ley 142 de 1994, la construccion y operacion de redes para el transporte de gas, asi como el señalamiento de las tarifas por uso, se regiran exclusivamente por esa Ley.

El articulo 73.11 de la Ley 142 de 1994, atribuyo a la Comision de Regulacion de Energia y Gas, la competencia para establecer las formulas para la fijacion de las tarifas del servicio publico domiciliario de gas combustible. Segun lo dispuesto por el articulo 88.1 de la Ley 142 de 1994, la Comision de Regulacion de Energia y Gas podra establecer topes maximos y minimos tarifarios, de obligatorio cumplimiento por parte de las empresas.

El articulo 126 de la Ley 142 de 1994 establece que vencido el periodo de vigencia de - las formulas tarifarias estas continuaran rigiendo mientras la Comision no fije las nuevas.

Mediante Resolucion CREG-045 de 2002 se establecio la metodologia de calculo y ajuste para la determinacion de la tasa de retorno que se utilizara en las formulas tarifarias de la actividad de distribucion de gas combustible por redes para el proximo periodo.

Mediante Resolucion CREG-011 de 2003 se adopto la metodologia y criterios...

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