SUPERINTENDENCIAS Superintendencia Nacional de Salud Resolución número 000257 de 2010, por la cual se establecen los requisitos para obtener la autorización previa de la Superintendencia Nacional de Salud para realizar auditorías. - 18 de Febrero de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 76705938

SUPERINTENDENCIAS Superintendencia Nacional de Salud Resolución número 000257 de 2010, por la cual se establecen los requisitos para obtener la autorización previa de la Superintendencia Nacional de Salud para realizar auditorías.

EmisorSuperintendencias - Superintendencia Nacional de Salud
Número de Boletín47627

NUMERO 000257 DE 2010 El Superintendente Nacional de Salud, en ejercicio de sus atribuciones legales, y en especial de las que le confiere el Decreto 1018 de 2007 y el Decreto 073 de 2010, RESUELVE:

Articulo l°. Requisitos para firmas auditoras. Los requisitos que deben tener las firmas de auditoria que se contraten por parte de las Entidades Territoriales con posterioridad a la expedicion del Decreto 073 de 2010, para obtener la autorizacion previa de la Superintendencia Nacional de Salud son: 1. Personas Juridicas: Deben ser personas juridicas debidamente constituidas cuyo objeto social comprenda el ejercicio de actividades de auditoria, para lo cual deben presentar certificado de existencia y representacion legal.

  1. Experiencia Persona Juridica: Las firmas de auditoria deberan disponer de experiencia nacional o internacional en la realizacion de auditorias de cuentas medicas de por lo menos 2 años, principalmente en el Sistema General de Seguridad Social en Salud.

  2. La Experiencia del Talento Humano que hara parte del equipo de trabajo debe ser como minimo de 2 años en temas relacionados con Auditoria Medica, la cual puede ser en el ejercicio propio de la profesion o en actividades que tengan relacion directa con temas de auditoria.

  3. Capacidad financiera: Las firmas de auditoria deberan tener un patrimonio minimo de 5.000 salarios minimos mensuales legales vigentes, para lo cual deben presentar los Estados Financieros (Balance General y Estado de Resultados) con corte a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, certificados por el Representante Legal y dictaminados por el Revisor Fiscal si esta obligado a ello.

  4. Capacidad tecnica de infraestructura tecnologica: Las firmas de auditora deben contar con un sistema de Informacion que apoye el proceso auditor en sus etapas de planeacion, ejecucion y evaluacion, para esto deberan contar con una infraestructura computacional y de comunicaciones (capacidad de almacenamiento, capacidad de procesamiento, redes, comunicaciones y seguridad de la informacion) que pueda soportar eficientemente el sistema de informacion de apoyo al proceso auditor de acuerdo con el volumen de cuentas a auditar. La firma solicitante debe remitir la documentacion que certifique y evidencie el cumplimiento de las condiciones antes relacionadas.

Las firmas de auditoria deben acreditar la...

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