SUPERINTENDENCIAS Superintendencia de Industria y Comercio en Resolución número 200 de 2010, por la cual se modifica el Capítulo Quinto del Título II de la Circular Unica de la Superintendencia de Industria y Comercio en relación con el Registro de Calidad e Idoneidad de Bienes y Servicios - 15 de Enero de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 74740158

SUPERINTENDENCIAS Superintendencia de Industria y Comercio en Resolución número 200 de 2010, por la cual se modifica el Capítulo Quinto del Título II de la Circular Unica de la Superintendencia de Industria y Comercio en relación con el Registro de Calidad e Idoneidad de Bienes y Servicios

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Industria y Comercio
Número de Boletín47593

RESOLUCION NUMERO 200 DE 2010 El Superintendente de Industria y Comercio, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el articulo 1º numeral 18 del Decreto 3523 de 2009 y el articulo 3° del Decreto 3466 de 1982, y CONSIDERANDO:

, Primero. Que segun lo establecido en el numeral 36 del articulo 1º del Decreto 3523 de 2009, es funcion de la Superintendencia de Industria y Comercio instruir a sus destinatarios sobre la manera como deben cumplirse las normas en materia de proteccion al consumidor, fijar los criterios que faciliten su cumplimiento y señalar los procedimientos para su cabal aplicacion. De la misma forma, el numeral 18 del mismo articulo, establece que es funcion de la Superintendencia de Industria y Comercio "organizar el sistema de registro de calidad e idoneidad de que trata el Decreto 3466 de 1982.

Segundo. Que de conformidad con lo señalado en el articulo 3º del Decreto 3466 de 1982, todo productor o importador podra registrar ante la Superintendencia de Industria y Comercio, las caracteristicas que determinen con precision la calidad e idoneidad de aquellos. La Superintendencia de Industria y Comercio organizara el sistema de registro de que trata el inciso anterior, podra confiar a otras entidades publicas o a las Camaras de Comercio la recepcion de la documentacion correspondiente y establecer tarifas por concepto de registro, asi como definir su destinacion.

Tercero. Que con el proposito de garantizar un acceso rapido y seguro, tanto para los productores que utilicen el registro como para la consulta de los consumidores, se requiere las modificar la Resolucion 00005 del 2 de enero de 2002, por la cual se reglamento el registro de calidad e idoneidad de bienes y servicios, la cual se encuentra incorporada en el Capitulo V, Titulo II de la Circular Unica de la Superintendencia de Industria y Comercio.

RESUELVE:

Articulo 1º

Modifiquese el Capitulo Quinto del Titulo II, de la Circular Unica de la Superintendencia de Industria y Comercio, de la siguiente manera: 5.1 Registro de calidad e idoneidad de bienes y servicios A traves del registro de calidad e idoneidad de bienes y servicios se efectuara el deposito o de de la declaracion unilateral de las caracteristicas que determinan, con precision, la calidad la e idoneidad de los bienes y servicios destinados al consumo del publico que el respectivo productor o importador ponen en el mercado.

El mencionado...

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