Resolución 0-2156, por medio de la cual se declara la urgencia manifiesta para efectos de llevar a cabo una contratación. - 9 de Enero de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43187849

Resolución 0-2156, por medio de la cual se declara la urgencia manifiesta para efectos de llevar a cabo una contratación.

EmisorFiscalía General de la Nación
Número de Boletín45058

El Fiscal General de la Nación, en uso de sus facultades legales, especialmente las conferidas por el Decreto 261 de 2000, la Ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 42 de la Ley 80 de 1993 ¿ Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, estipula que la declaratoria de urgencia manifiesta procede, entre otros casos, cuando la continuidad del servicio exige la ejecución de obras en el inmediato futuro, o cuando se presentan situaciones relacionadas con los estados de excepción, o cuando se trata de conjurar situaciones excepcionales relacionadas con hechos que demanden actuaciones inmediatas y, en general, cuando se trata de situaciones que imposibilitan acudir a los procedimientos de selección o concurso público. Igualmente este artículo señala que la urgencia manifiesta se debe declarar mediante acto administrativo debidamente motivado;

Que como única herramienta constitucional para afrontar de forma inmediata la grave alteración del orden público que vive el país y evitar la grave extensión de sus efectos, el señor Presidente de la República mediante Decreto 1837 del 11 de agosto de 2002, declaró el Estado de Conmoción Interior;

Que la Corte Constitucional, mediante Sentencia C-802/02 del 2 de octubre de 2002, en ejercicio de la revisión constitucional del Decreto Legislativo 1837 de 2002, por medio del cual se declaró el Estado de Conmoción Interior, declaró exequible su artículo primero;

Que el Gobierno, mediante Decreto 2555 del 8 de noviembre de 2002, prorrogó por tres meses el Estado de...

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