Resolución 0 2158 - 3 de Enero de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43187692

Resolución 0 2158

EmisorFiscalía General de la Nación
Número de Boletín45052

El Fiscal General de la Nación, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 211 de la Constitución Política, la Ley 489 de 1998, Decreto 2150 de 1995 y el Decreto 261 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 0‑1259 del 17 de julio de 2002 el Fiscal General de la Nación delegó unas funciones en los Directores Seccionales Administrativos y Financieros de la Fiscalía General de la Nación;

Que el artículo quinto de la citada resolución establece: ¿Delegar en los Directores Seccionales Administrativos y financieros de la Fiscalía General de la Nación, la suscripción de las escrituras de cancelación de hipotecas, constituidas por los beneficiarios del crédito de vivienda, una vez sean cancelados los respectivos créditos¿;

Que de conformidad con el artículo 29 de la Resolución 0‑302 del 26 de febrero de 2002, por la cual se reglamenta el funcionamiento del Fondo de Vivienda y Bienestar Social de la Fiscalía General de la Nación, estableció como uno de los requisitos para el desembolso por parte de la entidad del dinero para el crédito de vivienda, que el beneficiario debía constituir hipoteca en primer grado a favor de la fiscalía, con constancia de prestar mérito ejecutivo;

Que el artículo 35 de la Resolución 0‑0302 de 2002, estableció como uno de los requisitos para la sustitución de garantía hipotecaria, en los créditos de vivienda que el beneficiario vinculado o desvinculado debe constituir nueva hipoteca a favor de la Fiscalía General de la Nación;

Que el artículo 36 de la citada resolución, consagró que la subrogación de una obligación en favor de un servidor de la Fiscalía se hará constar en la misma escritura pública en la cual conste la enajenación del inmueble;

Que el jefe del Fondo de Vivienda y Bienestar Social mediante Oficio FVBS‑N° 03946 del 12 de agosto de 2002, solicita la modificación de la Resolución número 0-1259 de 2002, en razón a que, con ocasión de la aprobación de los créditos de vivienda en las seccionales corresponde a los Directores Administrativos y Financieros suscribir y aceptar las escrituras públicas de mutuo, constitución y cancelación de hipoteca;

Que de conformidad con los considerandos anteriores, este despacho,

RESUELVE:

Artículo 1° Modificar el artículo quinto de la Resolución...

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