Resolución 0-3520, por la cual se crean los Comités Técnicos de Sostenibilidad del Sistema Contable de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones. - 9 de Noviembre de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43243610

Resolución 0-3520, por la cual se crean los Comités Técnicos de Sostenibilidad del Sistema Contable de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones.

EmisorFiscalía General de la Nación
Número de Boletín46447

El Fiscal General de la Nación, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las contenidas en el numeral 17 del artículo 11 de la Ley 938 de 2004 y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley 716 de 2001, modificada por las Leyes 863 de 2003, 901 de 2004 y 998 de 2005, estableció normas para el saneamiento de la información contable en el sector público, concediendo como plazo a las Entidades Estatales el 31 de diciembre de 2006;

Que el artículo 79 de la Ley 998 de 2005, fue declarado inexequible por la honorable Corte Constitucional, mediante sentencia C-457 de junio 7 de 2006, por violación del principio de unidad de materia consagrado en el artículo 158 de la Constitución Política, razón por la cual, a partir de junio 7 de 2006, dejó de tener aplicabilidad el proceso de saneamiento contable establecido en la Ley 716 de 2001, sus decretos reglamentarios y las demás normas contables expedidas con fundamento en la misma;

Que el artículo 39 de la Resolución 0-0159 del 1° de febrero de 2006 emanada de este Despacho consagra: ¿Normas de Control Interno Contable. La Fiscalía General de la Nación se acogerá a la reglamentación que sobre políticas, métodos y procedimientos de Control Interno Contable, expida la Contaduría General de la Nación a fin de garantizar la razonabilidad, confiabilidad, y oportunidad de los estados e informes contables y la utilidad social de la información financiera, económica y social que debe generar la Fiscalía General de la Nación para sí misma, los diferentes grupos de interés externos y para garantizar el cumplimiento de obligaciones de información¿;

Que el artículo 1° de la Resolución 119 del 27 de abril de 2006, expedida por la Contaduría General de la Nación, adopta el ¿Modelo Estándar de Procedimientos para la Sostenibilidad del Sistema de Contabilidad Pública¿, para desarrollar las actividades mínimas que deben realizar los responsables de la información financiera, económica y social en los entes públicos, que garanticen la producción de información razonable y oportuna;

Que el artículo 2° lbídem, establece que el Modelo Estándar de Procedimientos para la Sostenibilidad del Sistema de Contabilidad Pública, debe ser aplicado por los entes públicos incluidos en el ámbito de aplicación del Plan General de Contabilidad Pública, de conformidad con las demás normas que rigen la materia;

Que el artículo 3° de la Ley 87 de 1993, establece que el Sistema de Control interno forma parte integral de los sistemas contables, financieros, de planeación y operacionales, razón por la cual se hace necesario promover en los funcionarios públicos el desarrollo de una cultura del autocontrol, dado que este es considerado como uno de los fundamentos del Modelo Estándar...

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