Resolución 0-3998, por la cual se establecen directrices para el procedimiento de recepción de versión libre en los asuntos de competencia de la Unidad Nacional de Fiscalías para la Justicia y la Paz, en desarrollo de la Ley 975 de 2005 y sus Decretos Reglamentarios 4760 de 2005, 2898 y 3391 de 2006 - 13 de Diciembre de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43244592

Resolución 0-3998, por la cual se establecen directrices para el procedimiento de recepción de versión libre en los asuntos de competencia de la Unidad Nacional de Fiscalías para la Justicia y la Paz, en desarrollo de la Ley 975 de 2005 y sus Decretos Reglamentarios 4760 de 2005, 2898 y 3391 de 2006

EmisorFiscalía General de la Nación
Número de Boletín46481

El Fiscal General de la Nación, en uso de sus atribuciones legales, en especial las que le confiere el numeral 17 del artículo 11 de la Ley 938 de diciembre 30 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley 975 de 2005 se dictan disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la paz nacional, y para acuerdos humanitarios.

Que el artículo 33 de la citada Ley creó la Unidad Nacional de Fiscalía para la Justicia y la Paz, delegada ante los Tribunales Superiores de Distrito Judicial.

Que mediante Resolución 0-3461 de septiembre 13 de 2005 se conformó la Unidad Nacional de Fiscalías para la Justicia y la Paz.

Que el procedimiento previsto en la Ley 975 de 2005 para la investigación y juzgamiento de las conductas punibles, no corresponde al señalado en otras disposiciones para el trámite ordinario de los procesos penales.

Que la Unidad Nacional de Fiscalía para la Justicia y la Paz, en razón de la competencia que le atribuyen los artículos 15 y 16 de la Ley 975 de 2005, debe adelantar las diligencias tendientes al esclarecimiento de la verdad sobre los hechos objeto de investigación atribuibles como autores o partícipes a personas vinculadas a grupos armados organizados al margen de la ley que hayan decidido desmovilizarse y contribuir decisivamente a la reconciliación nacional, cuando hayan sido cometidos durante y con ocasión de su pertenencia a ellos.

Que de conformidad con los artículos 17 de la citada Ley 5ª de su Decreto Reglamentario 4760 de 2005, relacionados con la diligencia de versión libre y confesión, se requiere fijar un procedimiento ágil y eficaz para el desarrollo de esa actuación de tal modo que garantice la realización efectiva de los derechos de las víctimas a la verdad, justicia y reparación, sin perjuicio de lo establecido en la sentencia C-873 del 30 de septiembre de 2003 en relación con los principios de independencia y autonomía de los Fiscales Delegados, y que del mismo modo facilite y asegure la gestión eficiente de la Unidad Nacional de Fiscalías para la Justicia y la Paz.

Por lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1° Procedimiento previo a la recepción de la versión libre y confesión

Una vez el fiscal asignado al caso reciba la ratificación del postulado, dará inicio a la elaboración del programa metodológico con la finalidad de, entre otras actividades, indagar por las circunstancias de tiempo, modo y lugar de las conductas punibles que se le puedan atribuir; sus condiciones de vida, sociales, familiares e individuales; su conducta anterior; sus antecedentes judiciales y de policía y las posibles víctimas de esos hechos para garantizar su participación en las actuaciones procesales. Así mismo averiguará por el paradero de las personas secuestradas o desaparecidas y evaluará el cumplimiento de los requisitos de elegibilidad previstos en los artículos 10 y 11 de la Ley 975 de 2005, según sea el caso.

Artículo 2° Asignación de salas de versión libre

La Jefatura de la Unidad Nacional de Fiscalías para la Justicia y la Paz estará facultada para racionalizar las salas de versión libre con las que cuenta la entidad, razón por la cual el fiscal del caso deberá comunicarle cuanto estén dadas las condiciones para la práctica de esa diligencia con el fin de que...

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