Resolución 0-4152, por la cual se crea el Comité de Coordinación de los Sistemas de Control Interno y de Gestión de la Calidad de la Fiscalía General de la Nación
Emisor | Fiscalía General de la Nación |
Número de Boletín | 46516 |
El Fiscal General de la Nación, en uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confieren los numerales 14, 22 y 24 del artículo 11 de la Ley 938 del 31 de diciembre de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que el literal b) del artículo 3° de la Ley 87 de 1993, prescribe que corresponde a la máxima autoridad del organismo o entidad, la responsabilidad de establecer, mantener y perfeccionar el Sistema de Control Interno, el cual debe ser adecuado a la naturaleza, estructura y misión de la organización.
Que el artículo 6° de la Ley 87 de 1993, consagra que el establecimiento y desarrollo del Sistema de Control Interno de los organismos y entidades públicas, será responsabilidad del representante legal o máximo directivo correspondiente. No obstante, la aplicación de los métodos y procedimientos al igual que la calidad, eficiencia y eficacia del control interno, también será de responsabilidad de los jefes de cada una de las distintas dependencias de las entidades y organismos.
Que el artículo 13 de la Ley 87 de 1993, determina que los organismos y entidades a que se refiere el artículo 5°, de la presente Ley, deberán establecer al más alto n ivel jerárquico un Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno, de acuerdo con la naturaleza de las funciones propias de la organización.
Que el artículo 1° de la Ley 872 de 2003, crea el Sistema de Gestión de la Calidad de las entidades del Estado, como una herramienta de gestión sistemática y transparente que permita dirigir y evaluar el desempeño institucional, en términos de calidad y satisfacción social en la prestación de los servicios a cargo de las entidades y agentes obligados, la cual estará enmarcada en los planes estratégicos y de desarrollo de tales entidades.
Que el parágrafo 1° del artículo 2° de la Ley 872 de 2003, establece que la máxima autoridad de cada entidad pública tendrá la responsabilidad de desarrollar, implementar, mantener, revisar y perfeccionar el Sistema de Gestión de la Calidad que se establezca de acuerdo con lo dispuesto en dicha ley.
Que el parágrafo del artículo 3° de la Ley 872 de 2003, determina que el sistema de gestión de la calidad es complementario a los sistemas de control interno y de desarrollo administrativo establecidos por la Ley 489 de 1998.
Que la Ley 872 de 2003 fue reglamentada por el Decreto 4110 de diciembre 9 de 2004, adoptando la norma técnica de calidad en la gestión pública NTCGP 1000:2004, la cual determina las generalidades y requisitos mínimos para establecer, documentar, implementar y mantener el sistema de gestión de la Calidad en los organismos, entidades y agentes obligados conforme al artículo 2° de la precitada ley.
Que mediante Resolución 0-2740 del 28 de junio de 2005, se conformó la estructura funcional para el diseño, desarrollo e implementación del sistema de gestión de la calidad para la Fiscalía General de la Nación.
Que...
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