RESOLUCION 0000002 RD 5759 - 21 de Enero de 2016 - Registro distrital - Legislación - VLEX 593987470

RESOLUCION 0000002 RD 5759

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5759 21 ENERO 2016
EmisorAlcaldia Local de Ciudad Bolivar
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5759 • pP. 1-27 • 2016 • ENERO 21
Mcte, de los cuales se le asignan al proyecto No. 937.
Componente: Entrega de Subsidio Tipo C Mil trescien-
tos sesenta mil ochocientos Pesos ($1.360.800.000) M/
cte, de los cuales, para la vigencia scal del año 2016,
se destinarán para gastos de operación, la suma de
de Diecinueve Millones doscientos Mil Pesos Mcte
($19.200.000) Mcte.
Que en el convenio de asociación No 4002 de 2011 ce-
lebrado entre las 20 alcaldías locales, la Secretaría de
Integración Social y la Caja de Compensación Familiar
Compensar, la Alcaldía local de Usaquén se obliga a
reembolsar mensualmente a Compensar, los costos
operativos que se causen con ocasión de la operación
de entrega de los subsidios económicos a las personas
mayores, dentro del Subsidio Económico Tipo C.
Que el Fondo de Desarrollo Local de Usaquén pagará
a la Caja de Compensación Familiar Compensar, los
costos operativos que se causen en el desarrollo del
convenio No. 4002 de 2011, en mensualidades ven-
cidas y previa presentación de la factura correspon-
diente. El valor de los costos operativos causados en
el mes inmediatamente anterior se liquidará a precio
unitario de conformidad con la estructura de costos
que forma parte integral del Convenio.
Que los recursos con los cuales el Fondo de Desarrollo
Local de Usaquén pagará los costos operativos que
se causen en el desarrollo del convenio No. 4002 de
2011, durante los meses de Enero a Diciembre de
2016, fueron asignados con cargo al presupuesto del
Fondo de Desarrollo Local de Usaquén para la vigencia
2016 según Proyecto 937 “Usaquén Humana con la
Persona Mayor” de conformidad con Certicado de
Disponibilidad Presupuestal No. 2 del 12 de Enero de
2016 por un valor de Diecinueve Millones doscientos
Mil Pesos Mcte ($19.200.000) Mcte..
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar el pago a la Caja de
Compensación Familiar Compensar de los costos ope-
rativos para el periodo de Enero a Diciembre de 2016,
en desarrollo del convenio No. 4002 de 2011, el cual
se efectuará en mensualidades vencidas y previa pre-
sentación de la factura correspondiente. El valor de los
costos operativos causados en el mes inmediatamente
anterior se liquidará a precio unitario de conformidad
con la estructura de costos establecida en el anexo
técnico que forma parte integral del Convenio.
ARTÍCULO SEGUNDO: Los costos operativos para
garantizar la ejecución del convenio, se asignarán
con cargo al presupuesto del Fondo de Desarrollo
Local de Usaquén para la vigencia 2016, Código
3.3.1.14.01.05.0397, Proyecto 937 ““Usaquén Hu-
mana con la Persona Mayor” de conformidad con
Certicado de Disponibilidad Presupuestal No.2 del 12
de Enero de 2016, por un valor de Diecinueve Millones
doscientos Mil Pesos Mcte ($19.200.000) Mcte.
ARTÍCULO TERCERO: Copia de la presente Resolu-
ción se enviará a la Subdirección para la Vejez, Sub-
dirección Local de Usaquén de la Secretaría Distrital
de Integración Social, y a la Secretaría de Hacienda
Distrital – Dirección Distrital de Tesorería y a la Caja
de Compensación Familiar Compensar.
ARTÍCULO CUARTO: La presente Resolución rige a
partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,
Dada en Bogotá, D.C., a los doce (12) días del
mes de enero de dos mil dieciséis (2016).
JULIETA NARANJO LUJÁN
Alcaldesa Local de Usaquén
ALCALDÍA LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR
Resolución Local Número 0000002
(Enero 13 de 2016)
“Por medio de la cual se establecen condiciones
para adelantar la convocatoria y conformación
de los Consejos de Planeación Local y la
elección de sus integrantes, en el marco de un
proceso democrático que garantice una amplia
participación de la ciudadanía de la Localidad
de CIUDAD BOLIVAR dando cumplimiento al
Acuerdo Distrital 013 de 2000, la Ley Estatutaria
No. 1757 de 2015, y la Circular Conjunta del
8 de Enero de 2015 del Secretario Distrital de
Gobierno, Secretario Distrital de Planeación y
Director del Instituto Distrital de la Participación
y Acción Comunal y otras disposiciones.”
EL ALCALDE LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR
En uso de sus facultades constitucionales y
legales, en especial las conferidas por el Decreto
Ley 1421 de 1993 y en el Decreto Distrital 421 de
2015
CONSIDERANDO:
Que el Acuerdo Distrital 013 de 2000, reglamenta la
participación ciudadana en la elaboración aprobación,

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