Resolución 000022 de 2021 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, 05-03-2021 - Normativa - VLEX 862445195

Resolución 000022 de 2021 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, 05-03-2021

Número de resolución000022
Fecha05 Marzo 2021
RESOLUCIÓN NÚMERO
( )
Por la cual se prescribe el formulario No. 210 para dar cumplimiento a las obligaciones
tributarias en el año 2021
LA DIRECTORA GENERAL (E) DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES -DIAN
En uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren el numeral 12 del
artículo 6 del Decreto 4048 de 2008 y el artículo 578, 579-2 y 596 del Estatuto Tributario y,
CONSIDERANDO
Que en razón a las modificaciones realizadas por la Ley 2010 del 27 de diciembre de 2019 en
especial por el Título II, el Decreto Legislativo 722 del 3 de junio del 2020 y los decretos
reglamentarios 1435 y 1457 de 2020, se requiere modificar la estructura y contenido del
formulario en que los contribuyentes personas naturales y asimiladas residentes y sucesiones
ilíquidas de causantes residentes, deben cumplir la obligación de declarar.
Que por lo expuesto anteriormente y de conformidad con lo establecido en el artículo 596 del
Estatuto Tributario, se hace necesario prescribir el formulario No. 210 para el cumplimiento de
la obligación de declarar por parte de las personas naturales y asimiladas residentes y
sucesiones ilíquidas de causantes residentes contribuyentes del impuesto sobre la renta y
complementario por el año gravable 2020 y/o fracción de año gravable 2021.
Que cumplida la formalidad prevista en el numeral 8 del artículo 8 del Código de Procedimiento
Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el proyecto de resolución fue publicado en
la página web de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas
Nacionales -DIAN.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
Artículo 1. Prescribir el formulario No. 210 Declaración de renta y complementario
personas naturales y asimiladas residentes y sucesiones ilíquidas de causantes
residentes. Prescribir el formulario No. 210 “Declaración de renta y complementario
personas naturales y asimiladas residentes y sucesiones ilíquidas de causantes residentes”
para declarar, presentar y pagar el impuesto sobre la renta y complementario correspondiente
al año gravable 2020 y/o fracción año gravable 2021, diseño que forma parte integral de la
presente resolución.
000022
05 MAR 2021
RESOLUCIÓN NÚMERO de Hoja No. 2
Continuación de la Resolución por la cual se prescribe el formulario No. 210 para dar
cumplimiento a las obligaciones tributarias en el año 2021.
___________________________________________________________________________________________________
Parágrafo 1. El formulario prescrito en este artículo es de uso obligatorio para las personas
naturales y asimiladas con residencia fiscal en el país y para las sucesiones ilíquidas de
causantes que en el momento de su muerte eran residentes fiscales en el país.
Parágrafo 2. La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas
Nacionales -DIAN pondrá a disposición el formulario No. 210 en forma virtual en la página
web, www.dian.gov.co, para su diligenciamiento y presentación electrónica o para su
diligenciamiento en el sistema y posterior presentación y pago ante las entidades autorizadas
para recaudar.
Parágrafo 3. Cuando el contribuyente por expresa disposición legal haya sido definido por la
Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN entre los
obligados a cumplir con el deber de declarar a través de los servicios informáticos, y los que
hayan aceptado y firmado el acuerdo de firma electrónica (FE) deberán presentar la respectiva
declaración utilizando la Firma Electrónica (FE) autorizada por la Unidad Administrativa
Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN. Para tal efecto deberá darse
cumplimiento al procedimiento señalado en la Resolución No. 000070 del 3 noviembre de
2016, modificada por las Resoluciones 000022 del 3 de abril de 2019 y 000080 del 28 julio de
2020.
Artículo 2. Publicación. Publicar la presente resolución de conformidad con el artículo 65 del
Artículo 3. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D. C., a los
GABRIELA BARRIGA LESMES
Directora General (E)
Elaboró: Mesa de Formularios Juan Francisco Andrade Castro jefe (A) Dinámica de los Procesos.
Revisó Luis Adelmo Plaza Guamanga Asesor Despacho Dirección de Gestión Jurídica
Aprobó: Diana Parra Silva, Directora de Gestión Organizacional.
Aprobó: Liliana Andrea Forero Gómez, Directora de Gestión Jurídica.
05 MAR 2021
000022
05 MAR 2021

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