Resolución 00003, por la cual se delegan unas funciones en algunos servidores públicos - 21 de Enero de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43131393

Resolución 00003, por la cual se delegan unas funciones en algunos servidores públicos

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín43861

DIARIO OFICIAL 43.861 RESOLUCIÓN 00003 04/01/2000 por la cual se delegan unas funciones en algunos servidores públicos. El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, en ejercicio de atribuciones constitucionales y legales, en especial de las que le confieren los artículos 12 de la Ley 489 de 1998, 110 del Decreto 111 de 1996, 12 de la Ley 80 de 1993, 37 del Decreto-ley 2150 de 1995, y CONSIDERANDO: Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, preceptúa: "La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones"; Que el Decreto-ley 001 de 1984, Código Contencioso Administrativo, indica que las actuaciones administrativas se desarrollarán con arreglo a los principios de economía, celeridad, eficacia e imparcialidad; Que para efectos de desarrollar los principios constitucionales y legales expuestos en los anteriores considerandos y, en consecuencia, agilizar las actuaciones del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, se hace necesario delegar algunas funciones del Despacho del Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural en algunos servidores públicos; En mérito de lo anteriormente expuesto, RESUELVE: Artículo 1º. Delegar en el Secretario General las siguientes funciones: 1. La expedición y la realización de todos los actos y trámites previos a la suscripción de los contratos que pretenda celebrar el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, sin consideración alguna a la naturaleza o a la cuantía de los mismos, salvo la expedición de las resoluciones de apertura y de adjudicación en los procesos licitatorios y de concurso público de méritos. 2. La adjudicación, celebración, modificación o terminación de los contratos, hasta por un monto igual a la menor cuantía vigente para el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. 3. La expedición de las providencias inherentes a la baja de bienes y la suscripción de las actas de liquidación de los contratos, sin sujeción alguna a la naturaleza o a la cuantía de las mismas. 4. La ordenación de pagos por todo concepto, sin consideración alguna a la naturaleza del gasto, cuyo monto exceda la menor cuantía vigente para el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. 5. El reconocimiento y ordenación del gasto por concepto de las pensiones de jubilación que...

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