Resolución 000131, por medio de la cual se resuelve una petición - 13 de Julio de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43161382

Resolución 000131, por medio de la cual se resuelve una petición

EmisorMinisterio de Trabajo y Seguridad Social
Número de Boletín44485

DIARIO OFICIAL 44.485 RESOLUCIÓN 000131 08/06/2001 por medio de la cual se resuelve una petición. El Inspector del Grupo Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Dirección Territorial de Trabajo y Seguridad Social de Antioquia, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas en la Resolución 02271 del 9 de noviembre de 2000, y CONSIDERANDO: Que la Organización Sindical de Primer Grado y de Gremio denominada: Asociación Antioqueña de Transportadores Escolares ¿Asantraes¿, con domicilio principal en el municipio de Medellín, departamento de Antioquia, solicitó a esta Dirección Territorial, la inscripción en el Registro Sindical del Acta de Constitución, según Asamblea General que para tal efecto se realizó el 12 de abril de 2001, la inscripción de la Junta Directiva y los Estatutos para lo cual presentó documentación radicada bajo el número 2088 y 2089 del 23 de abril de 2001. Una vez el despacho hace el estudio correspondiente de la documentación aportada, encuentra la necesidad de dictar auto de trámite a fin de que se ajusten los estatutos presentados por la Organización Sindical a la legislación vigente. Lo anterior con base en la Resolución 02271 de noviembre 9 de 2000 y artículo 366 Código Sustantivo del Trabajo modificado por el artículo 46 de la Ley 50 de 1990, Ley 584 de 2000 y Sentencia C-797 del 29 de junio de 2000 y C-567 de mayo 17 de 2000 de la Corte Constitucional. Se profirió el auto de observaciones de fecha 7 de mayo de 2001, que fue comunicado a la Organización Sindical, para que hicieran las correcciones y adiciones visibles a folios 11, 12 y 13 del primer cuadernillo del expediente. Auto que fue debidamente comunicado al señor Mario Hernán Gil Lopera, el día 9 de mayo de 2001, según consta a folios 15 del primer cuadernillo del expediente. Con posterioridad y en cumplimiento de la citada providencia, la Organización Sindical procedió a dar cumplimiento al requerimiento efectuado, mediante documentación radicada bajo el número 2819 del 29 de mayo de 2001, en un todo conforme a lo señalado en la Resolución número 02271 del 9 de noviembre de 2000. Que dentro de la oportunidad legal, hecho el estudio de los documentos aportados, los solicitados y de los que obran en el expediente, conforme a lo dispuesto en los artículos 4°, 6° y parágrafo 2° del artículo 12 de la Ley 584 del 13 de junio de 2000, que modificó los artículos 365 y 372 del Código Sustantivo del Trabajo, este Despacho concluye que la...

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