Resolución 000236, por la cual se deroga en todas sus partes la Resolución número 000105 del 29 de marzo de 1999, y se dictan medidas de control para evitar el ingreso al territorio nacional de las enfermedades conocidas como Cabeza Amarilla (Yellow head) y Mácula o Mancha Blanca (White smear spotted virus). - 14 de Julio de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43290507

Resolución 000236, por la cual se deroga en todas sus partes la Resolución número 000105 del 29 de marzo de 1999, y se dictan medidas de control para evitar el ingreso al territorio nacional de las enfermedades conocidas como Cabeza Amarilla (Yellow head) y Mácula o Mancha Blanca (White smear spotted virus).

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura, Inpa
Número de Boletín43637

El Director General del Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura, INPA, en uso de las facultades legales, en especial las que le confiere el numeral 5º del artícul o 13 de la Ley 13 de 1990, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo previsto por la Ley 13 de 1990, y en especial con lo dispuesto en los numerales 5 y 8 del artículo 13 de la citada ley, le corresponde al INPA expedir normas, establecer los trámites y requisitos para el otorgamiento de los salvoconductos y organizar sistemas adecuados de control y vigilancia para asegurar el cumplimiento de las disposiciones que regulan las actividades de pesca;

Que se ha reportado la presencia de las enfermedades conocidas como Cabeza Amarilla (Yellow head) y Mácula o Mancha Blanca (White smear spotted virus) en camarones procedentes de diferentes países, especialmente del continente asiático y de la Costa Pacífica Latinoamericana;

Que al mercado nacional está ingresando camarón congelado para consumo humano procedente de estos países, así como nauplios, larvas, postlarvas y reproductores, que pueden venir contaminados con el virus de estas enfermedades;

Que la introducción indiscriminada de camarón congelado y sus diferentes estadios vivos, así como de artemia salina, poliquetos, langosta y otros crustáceos vivos o congelados atentan contra la población de camarones del medio natural y los procedentes de la Acuicultura Nacional;

Que se encuentra vigente el Código Sanitario Internacional promulgado por la Organización Internacional de Epizootias, O.I.E. y del cual Colombia es signatario;

Que dicho Código establece una serie de medidas tendientes a evitar la propagación entre países de enfermedades, para lo cual ha establecido una lista de...

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