Resolución 000303, por medio de la cual se transfiere la propiedad de un bien inmueble - 4 de Enero de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43130994

Resolución 000303, por medio de la cual se transfiere la propiedad de un bien inmueble

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana
Número de Boletín43842

DIARIO OFICIAL 43.842 RESOLUCIÓN 000303 24/11/1999 por medio de la cual se transfiere la propiedad de un bien inmueble. El Director del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana "Inurbe" Regional Cundinamarca, en uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el Decreto 1831 del 18 de julio de 1997, y CONSIDERANDO: Que el artículo 1° de la Ley 281 de 1996, estableció que las funciones a cargo del Inurbe, relacionadas con la administración, terminación y liquidación de actos administrativos, contratos y operaciones iniciadas por el ICT con anterioridad a la Ley 3 de 1991, serán desempeñadas por una Unidad Administrativa Liquidadora de Asuntos del Instituto de Crédito Territorial UAE-ICT, la cual fue creada mediante Decreto 1565 del 29 de agosto de 1996, con Personería Jurídica y Patrimonio propio adscrita al Ministerio de Desarrollo Económico; Que la Ley 281 de 1996, ordenó al Inurbe trasladar a la Unidad Administrativa Especial Liquidadora, la totalidad de los activos y pasivos de la Entidad adquiridos durante la vigencia del anterior Instituto de Crédito Territorial que aun estuviesen registrados en sus inventarios, Transferencia que se realizará mediante Resolución Administrativa, la que una vez inscrita en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos y Privados del Círculo respectivo, que constituye título suficiente de dominio; Que dentro de las funciones asignadas a la Unidad Administrativa Especial Liquidadora de Asuntos del Instituto de Crédito Territorial UAE-ICT hoy Inurbe, se encuentra entre otras... 1. Recibir del Inurbe los activos y pasivos adquiridos durante la vigencia del ICT, a excepción de los señalados en la Ley 281 de 1996; Que en cumplimiento de las anteriores normas el Inurbe debe transferir a la Unidad Administrativa Especial Liquidadora de Asuntos del Instituto de Crédito Territorial UAE-ICT la propiedad de los inmuebles adquiridos por el antiguo Instituto con anterioridad a la expedición de la Ley 3ª de 1991, con...

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