Resolución 000313, por la cual se transfiere la posesión de unos bienes inmuebles y el derecho de dominio de sus mejoras al Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incoder. - 22 de Noviembre de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43216101

Resolución 000313, por la cual se transfiere la posesión de unos bienes inmuebles y el derecho de dominio de sus mejoras al Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incoder.

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura -Inpa-
Número de Boletín45740

La Gerente Liquidadora del Instituto Nacional de Pesca y Acuícultura, INPA en Liquidación, en ejercicio de las facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de los principios de coordinación y colaboración establecidos en los artículos , 113 y 209 de la Constitución Política de Colombia y el artículo 6° de Ley 489 de 1998, las autoridades administrativas deben garantizar la armonía en el ejercicio de sus funciones a fin de lograr los cometidos estatales, para los cuales prestarán su colaboración a las demás entidades para facilitar dicho ejercicio;

Que la Constitución y la ley facultan a la Administración Pública, para asumir la responsabilidad del manejo de sus operaciones y del adecuado cumplimiento de sus objetivos, encontrándose dentro de este el correspondiente a sus bienes, lo cual quiere decir que las entidades del Estado tienen la responsabilidad directa para administrar y manejar sus respectivos patrimonios y están en la obligación de interpretar y aplicar las medidas que permitan el buen uso y destinación de los mismos;

Que el Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura, INPA, construyó unas mejoras sobe dos (2) bienes inmuebles ubicados en el municipio de Cartagena, departamento de Bolívar, comprendidos dentro de los siguientes linderos:

  1. Un lote de terreno con un área de mil setecientos setenta y un metros con setenta y cinco centímetros cuadrados (1.771.75 metros cuadrados); por el frente, colinda con la carrera Tolima en una extensión de setenta y tres (73) metros; por la derecha, entrando, con lote de propiedad de la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Magdalena y del Sinú, CVM, en una extensión de cincuenta y cinco (55) metros; por la izquierda con zona de propiedad del municipio que este se reserva para ser destinado como parqueadero y desembarcadero, en una extensión de diecisiete (17) metros; y por el fondo con playas el laguito de Bocagrande en una extensión de ochenta y dos (82) metros, y

  2. Un lote con un área de dos mil trescientos diecisiete metros con cuarenta y cinco centímetros (2.317.45) metros cuadrados, así: Por el Frente, calle 4ª...

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