Resolución 0003574, por la cual se dictan disposiciones sobre la información relacionada con la expedición de pólizas sobre el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, SOAT y el pago de siniestros sobre las mismas. - 28 de Noviembre de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43200899

Resolución 0003574, por la cual se dictan disposiciones sobre la información relacionada con la expedición de pólizas sobre el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, SOAT y el pago de siniestros sobre las mismas.

EmisorMinisterio de Salud
Número de Boletín45385

El Ministro de la Protección Social, en ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las que le confieren los artículos 173 de la Ley 100 de 1993 y el numeral 10 del artículo 2° del Decreto 205 de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que según lo establecido en el numeral 7° del artículo 173 de la Ley 100 de 1 993, es función del Ministerio de la Protección Social reglamentar "... la recolección, transferencia y difusión de la información en el subsistema al que concurren obligatoriamente todos los integrantes del Sistema de Seguridad Social de Salud independientemente de su naturaleza jurídica sin perjuicio de las normas legales que regulan la reserva y exhibición de los libros de comercio. La inobservancia de este reglamento será sancionada hasta con la revocatoria de las autorizaciones de funcionamiento" ;

Que de conformidad con lo previsto en el numeral 10 del artículo 2° del Decreto 205 de 2003 corresponde al Ministerio de la Protección Social, "Definir y regular, en coordinación con las entidades competentes, el Sistema de Información del Sector que comprenda el empleo, el trabajo y la previsión y, los Sistemas de Seguridad Social Integral y de Protección Social, y establecer los mecanismos para la recolección, tratamiento, análisis y utilización de la misma";

Que para el control del Sistema y la validación de las reclamaciones por eventos relacionados con accidentes de tránsito, es necesario contar con la información sobre las pólizas que expiden las aseguradoras;

Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5° del Decreto 1032 de 1991 y el artículo 195 del Decreto 663 de 1993, el Seguro Obligatorio de Daños Corporales o Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito tiene entre sus objetivos cubrir la muerte, los gastos que se deban sufragar por atención médica, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria, la incapacidad permanente, los gastos funerarios y los ocasionados por el transporte de las víctimas a las instituciones prestadoras de salud, como consecuencia de un accidente de tránsito;

Que según lo establecido en el literal a) del artículo 34 del Decreto 1283 de 1996, el Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, Subcuenta de Eventos Catastróficos y Accidentes de Tránsito, reconocerá la atención de los servicios médico quirúrgicos en el caso de los accidentes de tránsito ocasionados por vehículo no identificado o no asegurado o agotada la cobertura prevista para el SOAT, de acuerdo con los topes definidos en el mismo decreto.

Que el Decreto 1281 de 2002, faculta al Ministerio de la Protección Social, para solicitar la información que resulte útil para evitar pagos indebidos con recursos del sector salud, y en tal sentido el artículo 6° establece: "Cruces de bases de datos: La Registraduría Nacional del Estado Civil, las Cámaras de Comercio, las entidades que administren regímenes de excepción de la Ley 100 de 1993, y todas aquellas que manejen información que resulte útil para evitar pagos indebidos con recursos del sector salud, deberán suministrar la información y las bases de datos que administren, con la oportunidad que las requieran el Ministerio de Salud y la Superintendencia Nacional de Salud para su procesamiento directo o a través del administrador fiduciario del Fosyga";

Que el artículo 47 del Decreto 205 de 2003 establece que todas las referencias legales vigentes a los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y de Salud, deben entenderse referidas al Ministerio de la Protección Social,

Que en virtud de lo anterior, este Despacho,

RESUELVE:

Artículo 1° Objeto

La presente resolución tiene por objeto establecer los requerimientos mínimos de información sobre las pólizas del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, SOAT y el pago de siniestros sobre las mismas, que las aseguradoras deben mantener actualizada...

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