Resolución 000459, por la cual se adiciona la Resolución número 3250 del 15 de noviembre de 2000, que adoptó el Manual de Funciones y Requisitos Mínimos del Ministerio de Transporte. - 3 de Febrero de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43148106

Resolución 000459, por la cual se adiciona la Resolución número 3250 del 15 de noviembre de 2000, que adoptó el Manual de Funciones y Requisitos Mínimos del Ministerio de Transporte.

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín44315

DIARIO OFICIAL 44.315 RESOLUCIÓN 000459 31/01/2001 por la cual se adiciona la Resolución número 3250 del 15 de noviembre de 2000, que adoptó el Manual de Funciones y Requisitos Mínimos del Ministerio de Transporte. El Ministro de Transporte, en ejercicio de las facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 1° del Decreto número 2367 del 27 de diciembre de 1996, RESUELVE: Artículo 1°. Adicionar el artículo 1° de la Resolución número 3250 del 15 de noviembre de 2000, que adoptó el Manual de Funciones y Requisitos para los diferentes empleos de la planta de personal de empleados públicos del Ministerio de Transporte, en el sentido de incluir dentro de las funciones del empleo de Profesional Especializado Código 3010 grado 16 de la planta global, las siguientes funciones en el Area Secretaría General-Control Interno Disciplinario: Area Secretaría General - Control Interno Disciplinario 1. Proyectar autos de cargos. 2. Proyectar autos de archivo definitivo de las indagaciones preliminares y el archivo provisional o definitivo de las investigaciones disciplinarias y de terminación el proceso disciplinario según las causales de orden legal. 3. Adelantar las indagaciones preliminares o las investigaciones disciplinarias que por su competencia le sean asignadas conforme a la ley. 4. Rendir, dentro del término otorgado, informe de indagación preliminar o de investigación disciplinaria. 5. Proyectar los autos de archivo definitivo, de indagación preliminar, de formulación de cargos, archivo provisional o archivo definitivo de investigación disciplinaria de los procesos que por su competencia le sean asignados conforme a la ley. 6. Velar por la oportuna y adecuada gestión de los procesos de indagación preliminar o investigación disciplinaria. 7. Custodiar y cuidar la documentación e información que por razón de su función conserve bajo su cuidado o a la cual tenga acceso, impidiendo o evitando la sustracción destrucción, ocultamiento o utilización indebida. 8. Preparar y presentar los informes relacionados con el desarrollo de las actividades con la oportunidad y periodicidad requeridos. 9. Desempeñar las demás funciones que le sean asignadas por la autoridad competente y aquellas inherentes a las que desarrolle la dependencia y a la profesión del titular del cargo. Artículo 2°. Adicionar el artículo 1° de la Resolución número 3250 del 15 de noviembre de 2000, que adoptó el Manual de Funciones y Requisitos para los diferentes...

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