Resolución 000459, por la cual se aprueban los Acuerdos números 00006 y 00007 del 23 de noviembre de 2004 expedidos por el Consejo Directivo del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA. - 11 de Diciembre de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43216693

Resolución 000459, por la cual se aprueban los Acuerdos números 00006 y 00007 del 23 de noviembre de 2004 expedidos por el Consejo Directivo del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA.

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín45759

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, en ejercicio de la facultad consagrada en el numeral 1º del artículo 111 de la Ley 489 de 1998, delegada por el Presidente de la República mediante Decreto 2140 de 1999,

RESUELVE:

Artículo 1º Aprobar el Acuerdo número 00006 del 23 de noviembre de 2004, expedido por el Consejo Directivo del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, cuyo texto es el siguiente:

"ACUERDO NUMERO 00006 DE 2004

(noviembre 23)

por el cual se establecen los requisitos para la autorización de personas jurídicas oficiales o particulares como laboratorios que realicen pruebas de Rosa de Bengala en especies susceptibles a brucelosis o Elisa Indirecta para el diagnóstico

serológico de brucelosis bovina.

El Consejo Directivo del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, en uso de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas en la Ley 101 de 1993, los Decretos 2141 de 1992, 1840 de 1994, 1454 de 2001, el Acuerdo 008 de 2001 y la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 65 de la Ley 101 de 1993, modificado por el artículo 112 del Decreto 2150 de 1995, establece que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural por intermedio del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, debe desarrollar políticas y planes tendientes a la protección de la producción agropecuaria del país;

Que de acuerdo con el literal h) del artículo 2º del Decreto 1840 de 1994, el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, podrá acreditar a person as jurídicas, oficiales o particulares mediante la celebración de contratos o convenios, para el ejercicio de acciones relacionadas con la sanidad agropecuaria y el control técnico de insumos agropecuarios;

Que de acuerdo con el artículo 10 del Decreto 1840 de 1994, dicha acreditación se hará dentro de las normas y procedimientos que el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, establezca para el efecto;

Que el Capítulo XVI de la Ley 489 de 1998 establece las condiciones para el ejercicio de funciones administrativas por particulares, así como los requisitos y procedimientos de los actos administrativos y convenios para conferir dichas funciones;

Que el Decreto 2140 de 1999 delegó en los Ministros la función de aprobar los actos expedidos por los organismos descentralizados para conferir funciones administrativas a particulares;

En mérito de lo expuesto, el Consejo Directivo del ICA

ACUERDA:

Artículo 1º Establecer los requisitos para la autorización de personas jurídicas, oficiales o particulares como laboratorios que realicen pruebas de Rosa de Bengala en especies susceptibles a brucelosis o Elisa Indirecta para el diagnóstico serológico de brucelosis bovina.

Parágrafo 1º. La autorización se otorgará a los laboratorios que demuestren...

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