Resolución 000518, por la cual se señalan nuevas fechas dentro del proceso de elección del miembro de la Junta Directiva de la Comisión Nacional de Televisión de que trata el literal c) del artículo 6° de la Ley 182 de 1995, modificado por el artículo 1° de la Ley 335 de 1996 - 14 de Febrero de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43246586

Resolución 000518, por la cual se señalan nuevas fechas dentro del proceso de elección del miembro de la Junta Directiva de la Comisión Nacional de Televisión de que trata el literal c) del artículo 6° de la Ley 182 de 1995, modificado por el artículo 1° de la Ley 335 de 1996

EmisorMinisterio de Comunicaciones
Número de Boletín46542

La Jefe de la Oficina Asesora Jurídica, con funciones asignadas de Secretario General del Ministerio de Comunicaciones, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 8° del Decreto 3616 de 2004 y la Resolución 502 de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Comunicaciones expidió la Resolución 3589 del 21 de diciembre de 2006, por la cual se convocó a elección del miembro de la Junta Directiva de la Comisión Nacional de Televisión de que trata el literal c) del artículo de la Ley 182 de 1995, modificado por el artículo 1° de la Ley 335 de 1996;

Que mediante Resolución 000006 del 11 de enero de 2007, se modificaron el artículo 4° y el primer inciso del artículo 5° de la Resolución 3589 de 2006;

Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 2° de la Resolución 000006 de 2007, la elección del candidato del gremio de los Directores y Libretistas debía realizarse el 31 de enero de 2007, entre las diez (10:00) y las once (11:00) de la mañana en el Auditorio de la Registraduría Nacional del Estado Civil, elección que fue suspendida como consecuencia de la media provisional ordenada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, Subsección B, en providencia del 30 de enero de 2007, proferida dentro de la acción de tutela instaurada por el señor Alberto Pico Arenas en contra de la Registraduría Nacional del Estado Civil;

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 3° de la Resolución 000006 de 2007, el 5 de febrero de 2007, en el Ministerio de Comunicaciones, debía llevarse a cabo la elección del miembro de la Junta Directiva de la Comisión Nacional de Televisión por los cinco (5) candidatos ganadores de cada grupo elector;

Que como quiera que para el día 5 de febrero de 2007, no se había surtido la elección del candidato del gremio de los Directores y Libretistas, toda vez que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca no había fallado de fondo la acción de tutela, se procedió a suspender la elección del comisionado de televisión, como consta en acta de la misma fecha correspondiente a la...

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