RESOLUCION 001 RD 6269 - 6 de Marzo de 2018 - Registro distrital - Legislación - VLEX 704785405

RESOLUCION 001 RD 6269

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6269 6 MARZO 2018
1
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6269 • pP. 1-1 • 2018 • MARZO 6
AÑO 51
Número 6269
2018 Marzo 6
REGISTRO
DISTRITAL
RESOLUCIONES DE 2018
SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE
BOGOTÁ, D.C. - COMISIÓN DISTRITAL DE SISTEMAS - CDS
Resolución Número 001
(Marzo 5 den2018)
“Por la cual se establece el reglamento interno
de la Comisión Distrital de Sistemas – CDS y se
dictan otras disposiciones”
LA COMISIÓN DISTRITAL DE SISTEMAS - CDS
En ejercicio de sus facultades y en especial de
las conferidas en el numeral 3 del artículo 6 y el
artículo 7 del Decreto 680 de 2001
CONSIDERANDO:
Que, por medio del parágrafo 3 del artículo 18 del
Acuerdo 20 de 1989, el Concejo de Bogotá, D.C.,
facultó al Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., para crear y
reglamentar “la Comisión Distrital de Sistemas, la cual
será el organismo rector de las políticas que a nivel
de sistematización se tomarán en todas las Entidades
del Distrito Especial, incluyendo al Centro Distrital de
Sistematización y Servicios Técnicos “SISE” (el cual
fue suprimido mediante Acuerdo 66 de 2002).
Que, mediante Decreto Distrital 443 de 1990 se creó
la Comisión Distrital de Sistemas (en adelante “CDS”),
el cual fue derogado por medio del Decreto Distrital
680 de 2001.
Que mediante Acuerdo 057 de 2002 se organizó la
CDS como el “organismo rector de las políticas y
estrategias que a nivel de tecnología informática y de
comunicaciones se adopten en todas las entidades del
Distrito Capital, será además el asesor técnico de la
Administración Distrital en dichas materias” (artículo 5).
El artículo 10 del referido Acuerdo 057 de 2002 dispone
que “las políticas, estrategias y recomendaciones de
la Comisión Distrital de Sistemas, serán de obligatorio
cumplimiento por parte de las entidades del Distrito
Capital que conformen la misma”.
Que los objetivos y funciones de la CDS fueron deni-
dos por los artículos 6 y 7 del Acuerdo 057 de 2002 y
los artículos 2 y 3 del Decreto 680 de 2001.
Que por medio del Acuerdo 409 de 2009, se derogó
el artículo 9 del Acuerdo 57 de 2002 y el artículo 5
del Decreto 680 de 2001, en lo relacionado con la
integración de la CDS. De conformidad con el artí-
culo 1 del Acuerdo 409 de 2009 la CDS es presidida
por el Alcalde Mayor o su delegado (actualmente, el
Director/a Distrital de Desarrollo Institucional de la
Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá,
D.C, tal como se estableció en la Resolución 22 de
2016) y está integrada por los Directores o Jefes del
área informática de las siguientes entidades del Distrito
Capital: (a) Los Directores o Jefes del área informática
de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogo-
tá, D.C., y de las Secretarías Distritales de Gobierno,
Hacienda, Salud, Planeación, Cultura, Recreación y
Deporte, Ambiente, Movilidad, Hábitat, Integración
Social, Desarrollo Económico y Educación; (b) Un
representante de la Empresa de Telecomunicaciones
de Bogotá– ETB-, uno de la Empresa de Energía
Eléctrica de Bogotá –EEB- y uno
de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de
Bogotá –EAAB-; (c) Un representante de la Unidad
Administrativa Especial de Catastro Distrital; y (d) Un
representante de la Universidad Distrital Francisco
José de Caldas.
Que el artículo 4 del Acuerdo 130 de 2004, que “esta-
blece la infraestructura integrada de datos espaciales
para el Distrito Capital” (IDECA), hace referencia a la
existencia del grupo de Grupo de Trabajo de Informa-
ción Georeferenciada de la CDS, señalando que el
mismo está conformado por las siguientes entidades:

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR