Resolución 001045, por medio de la cual se reconoce personería, se registran los estatutos y se inscribe la Junta Directiva Provisional de la Organización denominada "Organización de Jubilados y Pensionados del municipio de Cali". - 8 de Octubre de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43142515

Resolución 001045, por medio de la cual se reconoce personería, se registran los estatutos y se inscribe la Junta Directiva Provisional de la Organización denominada "Organización de Jubilados y Pensionados del municipio de Cali".

EmisorEstablecimientos Públicos - Grupo de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Dirección Territorial Antioquia
Número de Boletín44187

DIARIO OFICIAL 44.187 RESOLUCIÓN 001045 01/08/2000 por medio de la cual se reconoce personería, se registran los estatutos y se inscribe la Junta Directiva Provisional de la Organización denominada "Organización de Jubilados y Pensionados del municipio de Cali". La Coordinadora del Grupo de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, en uso de sus facultades legales que le confiere la Ley 43 de 1984, Decreto Reglamentario 1654 de 1985, y la Resolución 000218 de febrero 8 de 2000 y 00571 del 6 de marzo de 2000, y CONSIDERANDO: Que la Junta Directiva de la Asociación Pensional Provisional de Primer Grado y Gremial en formación, denominada "Organización de Jubilados y Pensionados del municipio de Cali, con domicilio en el municipio de Santiago de Cali, departamento del Valle del Cauca, solicitó a este Ministerio el reconocimiento de la personería jurídica, según Asamblea de constitución realizada el día 28 de abril de 2000. La documentación respectiva se recibió en este despacho el día 2 de junio de 2000. Para su estudio se designó al doctor Omar Bedoya Loaiza, Inspector de Trabajo, adscrito a este Ministerio, con número de radicación 027 OBL; Que una vez revisada la documentación se objetó por Auto de Trámite número 022 OBL del 7 de junio de 2000, y sus correcciones fueron acreditadas a este Despacho el día 26 de julio de 2000. Hecho el estudio del expediente, se encontró que la documentación presentada está acorde a lo señalado en el artículo 1° de la Ley 43 de 1984, que los estatutos no son contrarios a la Constitución Nacional, las leyes o las buenas costumbres y no contravienen disposiciones especiales, por lo tanto, el Despacho accede a la petición de la Asociación de pensionados. Por lo anteriormente expuesto, este Despacho, RESUELVE: Artículo 1°. Reconocer personería jurídica a la organización de primer grado y del gremio denominado: "Organización de Jubilados y Pensionados del Municipio de Cali", con domicilio en el municipio de Santiago de Cali, departamento del Valle del Cauca. Artículo 2°. Inscribir en el Registro los Estatutos de la organización denominada: "Organización de Jubilados y Pensionados del Municipio de Cali", aprobado en asamblea de constitución celebrada el día 28 de abril de 2000, por no ser contrarios a la Constitución Nacional, a la ley o las buenas costumbres, los cuales se encuentran en el expediente en los folios del 44 al 64 y el texto de los mismos hace parte integral de la presente resolución para los fines legales...

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