Resolución 001356, por la cual se fija el valor de los Pliegos de Condiciones de la Licitación Pública SCT -007-2002 cuyo objeto es el diseño y construcción del Túnel de La Línea y obras anexas - 19 de Abril de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43174947

Resolución 001356, por la cual se fija el valor de los Pliegos de Condiciones de la Licitación Pública SCT -007-2002 cuyo objeto es el diseño y construcción del Túnel de La Línea y obras anexas

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Vías
Número de Boletín44774

La Directora General del Instituto Nacional de Vías, en ejercicio de sus facultades legales en especial de las que le confiere el artículo 60 del decreto 2171 de 1992, el artículo 4, numerales 3, 5 y 20 del Decreto 081 de 2000, el artículo 11, numeral 1 y el artículo 30, numeral 9, inciso tercero de la Ley 80 de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que dentro de los planes y programas del Instituto Nacional de Vías, se encuentra previsto el diseño y construccion del Túnel de La Línea y obras anexas;

Que el Túnel de La Línea y obras anexas forman parte del Corredor Vial Bogotá-Buenaventura, que constituye la vía más importante entre el centro y el occidente del país, lo que permitirá una comunicación más eficiente entre el Pacífico colombiano y el centro del país, situación que estimulará el desarrollo de nuevas actividades de comercio exterior y favorecerá las establecidas en la actualidad;

Que en el documento Conpes 3084 de julio de 2000, se estableció que la construcción del Túnel de la Línea y obras anexas, se realizará mediante contrato de obra pública, a través de licitación pública y se señala como responsable de la ejecución del proyecto al Instituto Nacional de Vías, documento que fue modificado por el documento Conpes 3150 del 20 de diciembre de 2001;

Que el proyecto mencionado reviste especial importancia para el país, teniendo en cuenta la envergadura de la obra de Ingeniería que se adelantará, la inversión prevista proveniente de crédito externo que asumirá la nación, y la alta tecnología que exigirá su construcción, requiere unas condiciones especiales de experiencia técnica y financiera a los potenciales participantes que podrían participar en dicho proceso;

Que de conformidad con lo establecido en el numeral 1°, artículo 24 de la Ley 80 de 1993, la escogencia del contratista para el diseño y construcción del Túnel de La Línea y obras Anexas, debe efectuarse a través de licitación pública;

Que el Instituto Nacional de Vías...

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