Resolución 001393, por la cual se conforma una comisión sectorial
Emisor | Ministerio de Salud |
Número de Boletín | 44977 |
El Ministro de Salud, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 59 de la Ley 489 de 1998, los numerales 4, 7, 11, y 13 del artículo 4°, numeral 3 del artículo 7° del Decreto número 1152 de 1999,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 41 de la Ley 489 de 1998 señala que la orientación, control y evaluación general de las actividades de los organismos y entidades administrativas corresponde, en su respectivo nivel, a los ministros, los directores de departamento administrativo, los superintendentes;
Así mismo establece en el artículo 42 que el Sector Administrativo está integrado por el Ministerio de Departamento Administrativo, las superintendencias y demás entidades que la ley defina como adscritas o vinculadas a aquellos según correspondiere a cada área;
Que el artículo 44 de la citada ley dispone que la orientación del ejercicio de las funciones a cargo de los organismos y entidades que conforman un Sector Administrativo está a cargo del Ministro o Director Administrativo a cuyo despacho se encuentran adscritos o vinculados, sin perjuicio de las potestades de decisión, que de acuerdo con la ley y los actos de creación o de reestructuración les correspondan;
Que el artículo 46 de la Ley 489 de 1998, autoriza la participación de los organismos y entidades descentralizadas en la formulación de la política, en la elaboración de los programas sectoriales y en la ejecución de los mismos, bajo la orientación de los ministerios y departamentos administrativos;
Que se hace necesario conformar una comisión de seguimiento y evaluación para que en los términos de la Ley 715 de 2001 proceda a verificar la Red Pública Hospitalaria a que hace alusión la citada disposición legal;
Las acciones que debe adelantar dicha comisión deberán planificarse y proyectarse a corto, mediano y largo plazo con el propósito de determinar de manera secuencial las medidas necesarias que deben ser adoptadas por el Gobierno Nacional para mejorar la prestación y oportunidad del servicio de dichas entidades;
Que en consideración a lo anterior,
RESUELVE:
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