Resolución 002, por la cual se constituye como resguardo, en favor de la comunidad indígena Páez de El Líbano, dos globos de terrenos, conformados por baldíos y un predio del Fondo Nacional Agrario, localizados en jurisdicción del municipio de Puerto Solano, departamento del Caquetá. - 15 de Septiembre de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43197599

Resolución 002, por la cual se constituye como resguardo, en favor de la comunidad indígena Páez de El Líbano, dos globos de terrenos, conformados por baldíos y un predio del Fondo Nacional Agrario, localizados en jurisdicción del municipio de Puerto Solano, departamento del Caquetá.

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de la Reforma Agraria
Número de Boletín45311

La Junta Liquidadora del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora en Liquidación, en uso de las facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas por el numeral 18 del artículo 12 e inciso 2° del artículo 85 de la Ley 160 de 1994 y el literal LI) artículo 30 de los estatutos del Incora, y

CONSIDERANDO:

El expediente 42.458 contiene las diligencias administrativas tendientes a la constitución de un resguardo de tierras, en beneficio de la comunidad indígena Páez de El Líbano, asentada en la Inspección de Policía de Mononguete, jurisdicción del municipio de Puerto Solano, departamento del Caquetá;

Atendiendo la petición de la comunidad en mención de octubre 5 de 2000, la Regional del Incora Caquetá, mediante auto de septiembre 12 de 2000, ordenó la práctica de una visita y la elaboración del correspondiente estudio socioeconómico y jurídico, el cual en su capítulo de conclusiones y recomendaciones aconseja la constitución del resguardo; se fijó y desfijó edicto en la Secretaría de la Alcaldía de Puerto Solano, según constancia que aparece en el expediente. (folios: 3 y 4);

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto Reglamentario 2164 de 1995, el Incora mediante auto de mayo 6 de 2003, ordenó el envío del expediente a la Dirección Etnica del Ministerio del Interior y de Justicia, para que emitiera concepto previo sobre la constitución del resguardo, el cual fue proferido en forma favorable, mediante oficio 6499 de mayo 16 de 2003;

Del estudio socioeconómico, jurídico y de tenencia de tierras, se destacan los siguientes aspectos:

Ubicación, área y población

La Comunidad Indígena Páez de El Líbano, se encuentra ubicada en jurisdicción del municipio de Puerto Solano, departamento del Caquetá.

El área a constituir como resguardo es de 442 hectáreas, 6.250 metros cuadrados, según plano de Incora con número de archivo 617.604 de diciembre de 2001.

La comunidad está agrupada en 11 familias, conformada por 43 personas de las cuales 21 son hombres, el 49 % y 22 mujeres, el 51 %.

Clima, hidrografía y suelos

La región donde se encuentran ubicada la comunidad indígena presenta una forma de vida de Bosque Húmedo Tropical (bh-t), vegetación boscosa, temperatura cálida a templada y una tendencia a presentar altos niveles de humedad relativa, cuyo promedio oscila entre 80 y 95%, con una temperatura promedio de 26° centígrados, altura de 282 metros sobre el nivel del mar, precipitación anual promedio de 2500 a 4000 milímetros.

El área del resguardo pertenece a la cuenca hidrográfica del río Caquetá, está bañada por las quebradas: Aguanegra...

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