Resolución 002120, por la cual se establecen los rangos de valores para cada uno de los rubros financiables para el ¿Programa Nacional de Formación Especializada y Actualización Tecnológica del Recurso Humano¿ a través del cual será desarrollado el Programa Nacional de Formación Continua. - 28 de Septiembre de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43242099

Resolución 002120, por la cual se establecen los rangos de valores para cada uno de los rubros financiables para el ¿Programa Nacional de Formación Especializada y Actualización Tecnológica del Recurso Humano¿ a través del cual será desarrollado el Programa Nacional de Formación Continua.

EmisorVarios - Servicio Nacional de Aprendizaje Sena
Número de Boletín46405

La Directora General (E.) del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, en desarrollo de lo establecido en el artículo 16 del Acuerdo 00006 de septiembre 14 de 2006, emanado del Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Aprendizaje-SENA, y

CONSIDERANDO:

Que por disposición de la Ley 344 de 1996, artículo 16, de los ingresos correspondientes a los aportes sobre las nóminas de que trata la Ley 119 de 1994, artículo 30, Numeral 4º el Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, destinará un 20% de dichos ingresos para el desarrollo de programas de competitividad y desarrollo tecnológico productivo;

Que en virtud del Decreto 585 de 1991, artículo 28, Numeral tercero, literal a), corresponde al SENA adelantar actividades de formación profesional, dirigidas a transferir tecnología de utilización inmediata en el sector productivo y orientar la creatividad de los trabajadores colombianos;

Que por el Acuerdo número 00006 de septiembre 14 de 2006, emanado del Consejo Directivo Nacional de Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, se aprobaron las políticas de la formación continua y los criterios generales para orientar los recursos de la Ley 344 de 1996;

Que el artículo 1º del mencionado Acuerdo señaló que el Programa Nacional de Formación Continua, a que hace referencia el Decreto 249 de 2004, será desarrollado a través del Programa Nacional de Formación Especializada y Actualización Tecnológica del Recurso Humano;

Que el Capítulo II ibídem establece los lineamientos para la ejecución de proyectos de formación a la medida de las necesidades de las empresas y de los colectivos de productores y trabajadores y precisa en el artículo 15 los rubros financiables para el efecto;

Que es facultad del Director General, de conformidad con lo preceptuado por el artículo 16 del Acuerdo antes citado, fijar anualmente los rangos de valores para cada uno de los rubros financiables para la ejecución de los proyectos mencionados, así como establecer una tarifa diferencial cuando se...

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