Resolución 00236, por la cual se modifica la Resolución número 12533 del 2 de septiembre de 1999 - 8 de Marzo de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43133436

Resolución 00236, por la cual se modifica la Resolución número 12533 del 2 de septiembre de 1999

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de la Economía Solidaria
Número de Boletín43926

DIARIO OFICIAL 43.926 RESOLUCIÓN 00236 23/02/2000 por la cual se modifica la Resolución número 12533 del 2 de septiembre de 1999. El Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada, en ejercicio de las facultades legales que le confieren los Decretos 2453 de 1993, 356 de 1994 y las normas contenidas en el Código Contencioso Administrativo, y CONSIDERANDO: Que la Resolución número 12533 del 2 de septiembre de 1999, por medio de la cual se organiza la jurisdicción coactiva en la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, consagra en el artículo cuarto: "La Oficina Jurídica podrá efectuar el cobro persuasivo de las obligaciones crediticias de que trata el artículo 68 del Código Contencioso Administrativo, para el efecto se podrá fijar un plazo máximo de seis (6) meses para su pago; vencido el plazo sin que la obligación se haya pagado total o parcialmente se procederá a iniciar el proceso ejecutivo". Con base en lo dispuesto, en el Comité de Defensa Judicial y Conciliación celebrado el 7 de febrero del 2000, en el punto de proposiciones y varios "el doctor Pedro Hervey González Nieto, jefe de la Oficina Jurídica expuso los casos de conciliación, dentro del trámite de la jurisdicción coactiva que adelante la Oficina Jurídica, con relación al plazo de seis (6) meses. Se aprobó que se modifique por parte de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, el artículo cuarto de la Resolución número 12533 del 2 de septiembre de 1999. Lo anterior teniendo en cuenta la situación económica de las empresas para entrar a cubrir las sanciones impuestas. En consecuencia, se deben tener en cuenta los montos adeudados para fijar los plazos para los compromisos de pago, de la siguiente forma: Entre un millón a...

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