Resolución 0027, por medio de la cual se reconoce una conciliación judicial como deuda pública de la Nación y se ordena su pago mediante la emisión de Títulos de Tesorería TES Clase B. - 12 de Enero de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43232566

Resolución 0027, por medio de la cual se reconoce una conciliación judicial como deuda pública de la Nación y se ordena su pago mediante la emisión de Títulos de Tesorería TES Clase B.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín46149

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confieren el artículo 29 de la Ley 344 de 1996, el Decreto 2126 de 1997 y la Circular Externa 07 de 1997 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 29 de la Ley 344 del 27 de diciembre de 1996, el Ministro de Hacienda y Crédito Público puede reconocer como deuda pública las sentencias y conciliaciones judiciales y las puede sustituir y atender, si cuenta con la aceptación del beneficiario, mediante la emisión de bonos en las condiciones de mercado que el Gobierno establezca y en los términos del Estatuto Orgánico de Presupuesto;

Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 5º del Decreto 2126 del 29 de agosto de 1997, modificado por el Decreto 3732 de 2005, para el reconocimiento de las sentencias y conciliaciones judiciales como deuda pública y su pago mediante la emisión de bonos estos se entregarán en condiciones del mercado de acuerdo con el mecanismo que disponga el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. En todo caso, la misión de dichos bonos deberá tener en cuenta las condiciones financieras del mercado primario de los títulos de deuda pública de la Nación;

Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 5° del citado decreto, los bonos que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público emita pueden ser administrados directamente por la Nación o esta podrá celebrar con el Banco de la República o con otras entidades nacionales o extranjeras contratos de administración fiduciaria y todos aquellos necesarios para la agencia, administración y/o servicio de los respectivos títulos, en los cuales se puede prever que la administración de los mismos y de los cupones que representen sus rendimientos se realice a través de depósitos centralizados de valores;

Que según Providencia número 1996-08661 proferida por el Tribunal Contencioso Administrativo del Huila el día dos (2) de agosto de 2005, el valor de la conciliación judicial asciende a la suma de ciento sensenta millones ciento setenta y ocho mil cincuenta y tres pesos con sesenta centavos ($160.178.053.60) moneda legal colombiana;

Que el Director General del Invías mediante Oficio radicado en este Ministerio con el consecutivo 1-2006-000546 del 4 de enero de 2006, informó la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR