Resolución 0030, por la cual se certifican el cuociente nacional y particular de recaudos correspondiente a las Cajas de Compensación Familiar, para determinar la transferencia al Fovis, Fosyga, Fondo para el Fomento al Empleo y Protección al Desempleo y Fondo para la Atención Integral a la Niñez y Jornada Escolar Complementaria - 23 de Febrero de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43246873

Resolución 0030, por la cual se certifican el cuociente nacional y particular de recaudos correspondiente a las Cajas de Compensación Familiar, para determinar la transferencia al Fovis, Fosyga, Fondo para el Fomento al Empleo y Protección al Desempleo y Fondo para la Atención Integral a la Niñez y Jornada Escolar Complementaria

EmisorSuperintendencias - Superintendencia del Subsidio Familiar
Número de Boletín46551

La Superintendente del Subsidio Familiar, en ejercicio de las atribuciones legales y en especial de las que le confiere el Decreto 2150 de 1982, la Ley 789 de 2002 y el Código Contencioso Administrativo, y

CONSIDERANDO:

  1. Competencia

    1.1 Las Cajas de Compensación Familiar son Entidades sometidas a la inspección, control y vigilancia de la Superintendencia del Subsidio Familiar, de conformidad con el numeral 1 del artículo 3º del Decreto-ley 2150 del 30 de diciembre de 1992, concordante con el numeral 1 del artículo 24 de la Ley 789 del 27 de diciembre de 2002.

    1.2 La Superintendente del Subsidio Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 57 del Decreto 975 del 31 de marzo de 2004, le corresponde expedir todos los años, a más tardar el treinta y uno (31) de enero, las certificaciones correspondientes al cuociente nacional y a los cuocientes particulares y fijará mediante resolución, el porcentaje que le corresponda aportar mensualmente a cada una de las Cajas de Compensación Familiar...

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