Resolución 00328, por medio de la cual se designa al Coordinador del Grupo de Cobro Coactivo de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y se le asignan funciones
Emisor | Superintendencias - Superintendencia de la Economía Solidaria |
Número de Boletín | 44341 |
DIARIO OFICIAL 44.341 RESOLUCIÓN 00328 07/02/2001 por medio de la cual se designa al Coordinador del Grupo de Cobro Coactivo de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y se le asignan funciones. El Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada, en ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos 2453 de 1993 y 356 de 1994, y CONSIDERANDO: Que el artículo 35 de la Ley 62 de 1993 creó la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada como un organismo nacional de carácter técnico, adscrito al Ministerio de Defensa Nacional a cuyo cargo se encuentra ejercer el control, la inspección y vigilancia sobre la industria y sobre los servicios de vigilancia y seguridad privada en toda la Nación; Que el artículo 112 de la Ley 6ª de 1992, otorgó a las entidades públicas del orden nacional y a sus organismos adscritos y vinculados, la función de cobrar coactivamente aquellas obligaciones que se causen a favor del Estado y que contengan obligaciones claras expresas y exigibles de sumas líquidas de dinero; Que conforme a la Resolución 1927 del 12 de diciembre de 2000 el Ministro de Defensa Nacional delega en el Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada la facultad de representar a la Nación-Ministerio de Defensa Nacional-Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, en los procesos de jurisdicción coactiva para hacer efectivos los créditos exigibles a favor de la Superintendencia y la facultad para constituir apoderados para hacer exigibles dichos créditos en todo el territorio nacional; Que mediante el Decreto 2453 de 1993 se determina la estructura orgánica, objetivos, funciones y régimen de sanciones de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada; Que los procesos de jurisdicción coactiva son de naturaleza administrativa y no judicial asignada a un funcionario administrativo determinado para que, sin recurrir a la autoridad judicial, haga efectivas las deudas fiscales expresas, claras y exigibles a favor del Estado o de la entidad Pública que ejerce dicha jurisdicción; Que mediante la Resolución 12533 de septiembre 2 de 1999 se organiza la jurisdicción Coactiva de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada que estará a cargo de la Oficina Jurídica de la entidad; Que de conformidad con la Resolución 12533 antes mencionada el Jefe de la Oficina Jurídica en cumplimiento del artículo 2° organizó el Grupo de Cobro Coactivo designando como Coordinador de este al doctor...
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